Resolución número 0321 de 2018, por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie al hogar de la señora Mónica Patricia Mitis Arévalo, en cumplimiento de fallo de tutela proferido por el Tribunal Administrativo de Nariño Sala de Decisión del Sistema Oral, para el Proyecto Manzana 93 del municipio de Cumbal en el departamento de Nariño, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita - 5 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 716635017

Resolución número 0321 de 2018, por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie al hogar de la señora Mónica Patricia Mitis Arévalo, en cumplimiento de fallo de tutela proferido por el Tribunal Administrativo de Nariño Sala de Decisión del Sistema Oral, para el Proyecto Manzana 93 del municipio de Cumbal en el departamento de Nariño, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín50584

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el Decreto número 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 555 de 2003, creó el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) como un fondo con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera, sin estructura administrativa ni planta de personal propia; sometido a las normas presupuestales y fiscales del orden nacional y adscrito al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones".

Que el Decreto-ley 555 de 2003, consagra en el artículo 3º las funciones del Fondo Nacional de Vivienda, señalando en el numeral 9. La siguiente: "Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno nacional".

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, "Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda" , cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda".

Que en el artículo 12 de la referida ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno nacional.

Que en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto número 1077 de 2015, se establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda...

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