Resolución número 0334 de 2021, por medio del cual se modifica parcialmente la Resolución número 145 del 28 de febrero de 2017 y se Deroga la Resolución número 555 de 2017 - 20 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876296997

Resolución número 0334 de 2021, por medio del cual se modifica parcialmente la Resolución número 145 del 28 de febrero de 2017 y se Deroga la Resolución número 555 de 2017

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo
Número de Boletín51803

La Directora General de la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 11 del Decreto número 2521 de 2013 y 2.2.1.6.2.6 del Decreto número 1072 de

2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante, el cual está integrado, entre otros componentes, por el Servicio Público de Empleo, que se encuentra sujeto a la dirección, coordinación y control del Estado.

Que el artículo 26 de la citada ley, creó la Unidad Administrativa del Servicio Público de Empleo Servicio Público de Empleo, para administrar el Servicio Público de Empleo y su red de prestadores, promover la prestación del servicio, diseñar y operar su Sistema de Información y desarrollar instrumentos para la promoción de la gestión y colocación de empleo.

Que el Decreto número 1668 de 2016, modificó la Sección 2 del Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1072 de 2015 "Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo", con el fin de establecer medidas referentes a la contratación de mano de obra local en los municipios donde se desarrollen proyectos de exploración y producción de hidrocarburos.

Que el artículo 2.2.1.6.2.5. del citado decreto señala el proceso de priorización de contratación de mano de obra local a través de los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo que tengan autorizada la prestación presencial de sus servicios en el municipio donde se desarrollen los proyectos de exploración y producción de hidrocarburos.

Que el artículo 2.2.1.6.2.6 de la misma norma, preceptúa que la Unidad Administrativa del Servicio Público de Empleo establecerá, a través de resolución los procesos que deberán implementar los prestadores del Servicio Público de Empleo.

Que la Unidad Administrativa del Servicio Público de Empleo, profirió la Resolución número 145 del 28 de febrero de 2017, por medio de la cual se establecieron los lineamientos que deben implementar los prestadores del Servicio Público de Empleo para adelantar el proceso de priorización de mano de obra local previsto en la sección 2 del capítulo 6 del Título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto número 1072 de 2015.

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