Resolución número 0366 de 2016, por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P.-ISA para celebrar un empréstito interno con el Banco BBVA Colombia, hasta por la suma de doscientos cincuenta mil millones de pesos ($250.000.000.000) moneda legal colombiana - 17 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 594116958

Resolución número 0366 de 2016, por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P.-ISA para celebrar un empréstito interno con el Banco BBVA Colombia, hasta por la suma de doscientos cincuenta mil millones de pesos ($250.000.000.000) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49789

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.6 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Oficio número 1-2015-092757 del 25 de noviembre de 2015 y alcance número 1-2015-096857 del 10 de diciembre de 2015, Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. -ISA solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para la celebración de un Contrato de Empréstito Interno, hasta por la suma de doscientos cincuenta mil millones de pesos ($250.000.000.000) moneda legal colombiana, destinados a financiar su Plan de Inversiones 2016;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 2.2.1.2.1.6 del Decreto 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades estatales con participación del Estado superior al cincuenta por ciento e inferior al noventa por ciento de su capital, requerirá autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

Que Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. - ISA es una empresa de servicios públicos mixta constituida como sociedad anónima, de carácter comercial, del orden nacional y vinculada al Ministerio de Minas y Energía sometida al régimen jurídico establecido en la Ley de Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142 de 1994);

Que según consta en la certificación del 19 de enero de 2016 expedida por la Suscrita Vicepresidente Jurídica de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P, en su calidad de Secretaria de la Junta Directiva de la Entidad, el día 25 de octubre de 2013, la Junta Directiva de ISA S.A. E.S.P., en uso de sus facultades estatutarias, aprobó el Acuerdo 88 por el cual se adoptó el Reglamento para la Adquisición de Bienes y Servicios, que en su artículo 6º confiere...

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