Resolución número (0377-2023) MD-DIMAR-CPO4-ALITMA DE 2023, por la cual se modifica los artículos Ioy 3o de la Resolución número 0026 del 28 de enero de 2008 y el articulo Io de la Resolución número 0445 del 19 de diciembre de 2008, expedidas por la Dirección General Marítima, en el sentido de renovar en tiempo la concesión marítima otorgada para las obras del proyecto Restaurante Piscis, ubicado en el sector de Playa Blanca, zona urbana del Distrito de Santa Marta, y se autoriza la modificación del titular de la concesión marítima a favor de la señora Eliana Astrid López Patino representante legal del Restaurante Bar Piscis
Emisor | Ministerio de Defensa Nacional - Dirección General Marítima |
Número de Boletín | 52655 |
El Capitán de Puerto de Santa Marta, en uso de sus facultades legales conferidas en el artículo 3 o del Decreto número 5057 de 2009 en concordancia con el numeral 21 del artículo 5o del Decreto Ley 2324 de 1984 y lo dispuesto en la Resolución número 0846-2023 MD-Dimar-Glemar del 7 de noviembre de 2023, expedida por la Dirección General Marítima y,CONSIDERANDO:Que mediante la Resolución número 0026 del 28 de enero de 2008, la Dirección General Marítima otorgó en concesión y legalizó unas obras al señor José Manuel Martínez Alvarado, con el fin de desarrollar el proyecto denominado Restaurante Piscis, ubicado en el sector de Playa Blanca en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Santa Marta, por un término de cinco (5) años, contados a partir de la firmeza del citado acto administrativo.Que a través de la Resolución número 0445 del 19 de diciembre de 2008, la Dirección General Marítima resolvió el recurso de reposición interpuesto por el señor José Manuel Martínez Alvarado en contra de la mencionada Resolución número 0026 del 28 de enero de 2008, modificando el artículo 3o en el sentido de fijar un término de diez (10) años de concesión, contados a partir de la notificación de la referida resolución.Que mediante la Resolución número 0450-2018 MD-Dimar-Subdemar-ALIT del 7 de junio de 2018 se modificó las Resoluciones número 0445 del 19 de diciembre de 2008 y número 0026 del 28 de enero de 2008, con el fin de prorrogar la concesión marítima otorgada al señor José Manuel Martínez Alvarado, por un término adicional de cinco (5) años, contados a partir de la firmeza del acto administrativo.Con base en lo precedente, este Despacho entrará a pronunciarse sobre la competencia por parte de esta Capitanía de Puerto para tramitar y resolver de fondo las peticiones efectuadas por el señor José Manuel Martínez Alvarado, relacionadas con la renovación en tiempo de la concesión marítima otorgada para las obras del proyecto Restaurante Piscis, ubicado en el sector de Playa Blanca, zona urbana del Distrito de Santa Marta, y la solicitud de cambio de titular de la citada concesión marítima a favor de la señora Eliana Astrid López Patiño, en los siguientes términos:Para efectos de lo anterior, es necesario precisar que la Resolución número 0846-2023 MD Dimar-Glemar del 7 de noviembre de 2023, expedida por la Dirección General Marítima, modificó parcialmente la Parte 4, Títulos 4 y 5 del Reglamento Marítimo Colombiano REMAC número 2: “Generalidades”, y la Parte 3, Título 1 del REMAC 5 “Protección del Medio Marino y Litorales”, en lo concerniente a reglas de delegación y procedimientos para el trámite de concesiones marítimas en aguas, playas, terrenos de bajamar en bienes de uso público.Al respecto el artículo Io de la mencionada Resolución número 0846-2023 MD-Dimar-Glemar del 7 de noviembre de 2023, expedida por la Dirección General Marítima, modificó el artículo 2.4.4.8. del REMAC número 2: “Generalidades”, la Parte 4 “Delegaciones”, Título 4. “De la Delegación de funciones a los Capitanes de Puerto de Primera Categoría”, en los siguientes términos:“Articulo 2.4.4.8. Delegación concesiones y autorizaciones. Delegar en las Capitanías de Puerto de Primera Categoría la junción de conocer y resolver sobre las solicitudes de concesiones y autorizaciones en los bienes de uso público dentro de su jurisdicción, en los siguientes trámites conforme a los criterios y procedimientos establecidos según sea el caso, en el Decreto Ley 2324 de 1984 o en el REM4C número 5: “Protección delMedio Marino y Litorales ":
- 1) Provectos con áreas inferiores a 19.999 m2
- 2) Proyectos de marinas con áreas inferiores a 9.999 m2
- 1) Proyectos con áreas superiores a 20.000 m2
- 2) Proyectos de marinas con áreas mayores a 10.000 m2
- 3) Proyectos de granjas acuicolas
- 4) Proyectos de maricultura
- 5) Proyectos sobre obras públicas de protección e interés público nacional (infraestructura y protección costera)
- 4 “Delegaciones”, Título 4. “De la Delegación de funciones a los Capitanes de Puerto de Primera Categoría.
- 5 REMAC 5, al referirse a las solicitudes de modificación de las concesiones, permisos y autorizaciones otorgadas a los bienes de uso público de la Nación en jurisdicción de la DIMAR, establece:
- 1. Solicitud formal presentada por el titular de la concesión, permiso o autorización ante la Dirección GeneralMarítima, por intermedio de la respectiva Capitanía de Puerto, en donde se describan los fundamentos de su requerimiento.
- 2. Solicitud formal del interesado en la concesión, permiso o autorización ante la Dirección General Marítima. En caso de presentar la solicitud a través de apoderado, el mismo deberá anexar el poder respectivo.
- 3. Copia de la cédula de ciudadanía o de extranjería del solicitante, según corresponda. En...
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