Resolución número 042 del 2020, por la cual se decide Actuación Administrativa tendiente a establecer la verdadera y real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria Nº y 051-3795 y 051- 10465. Expediente número A.A. 043 de 2017
Emisor | Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Soacha, Cundinamarca |
Número de Boletín | 51620 |
El Registrador Seccional de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Soacha-Cundinamarca, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto 2723 de 2014, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012,
CONSIDERANDO: RESUELVE:
No acceder a la petición presentada por la señora Marlén Peñaloza de Orjuela, identificada con cédula de ciudadanía número 20940837 de Soacha, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Dejar incólume los folios de matrícula 051- 051-3795 y 051- 10465 en cuanto a los registros de las anotaciones 14 del primero de los mencionados y la cinco del segundo; en la anotación 14 del folio de matrícula 051-3795 en el comentario se complementara, registrada en el folio de matrícula 051-10465 por escritura 1623 de fecha 30-06-2009 Notaría Primera de Soacha, en un área de 144.00 m2, de acuerdo con las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución.
Aperturar un folio de matrícula, segregándolo de la anotación 14 del folio de matrícula 051-3795 y como anotación dos trasladar la anotación 15 del folio de matrícula 051-3795 al que se ha de aperturar, invalidar dicha anotación, en la parte de área y linderos se debe excluir "se actualiza área de 144 m2 cuyos linderos se encuentran contenidos en la escritura 2752 de 19-9-2011 Notaría Primera de Soacha. Según certificado que se anexa (documento 1711/84)" por no corresponder. Se dejarán las salvedades de ley como el número de la resolución y su fecha, lo anterior de conformidad con lo argumentado en el presente proveído.
Notificar personalmente a las señoras Marlén Peñaloza de Orjuela, identificada con cédula de ciudadanía número 20940837 de Soacha, Garzón Díaz Gloria Inés, Rippe López Martha Jeanet y Rubio de Guerrero María Eugenia, de no poder hacerse la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, esta se hará por medio de aviso y para informar a terceros indeterminados, con publicación de la presente providencia, en el Diario Oficial o en un diario de amplia circulación nacional a costa de los interesados (Art. 67, 69 y 73 de la ley 1437 de 2011). O se divulgará en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro www.supernotariado.gov.co,
Contra la presente providencia procede el recurso de reposición ante el...
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