Resolución número 0446 de 2022, por la cual se autoriza a Internexa S.A. para celebrar una operación de manejo de deuda pública interna, consistente en una operación de sustitución de deuda pública con el Banco Popular S.A - 21 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 897348122

Resolución número 0446 de 2022, por la cual se autoriza a Internexa S.A. para celebrar una operación de manejo de deuda pública interna, consistente en una operación de sustitución de deuda pública con el Banco Popular S.A

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51955

El Subdirector de Tesorería Encargado de las funciones del Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 6 de la Ley 781 de 2002, el artículo 262 de la Ley 1450 de 2011, y los artículos 2.2.1.1.3. y 2.2.1.4.4. del Decreto 1068 de 2015, y las Resoluciones números 2650 del 12 noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002 y 2563 del 09 septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y,

CONSIDERANDO:

Que en desarrollo de la autorización impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 1280 del 16 de mayo de 2017, Internexa S. A. celebró el 23 de mayo de 2017 un empréstito interno con el Banco Popular S.A. hasta por la suma de setenta mil millones de pesos ($70.000.000.000) moneda legal colombiana, destinados para financiar su plan de inversiones 2017;

Que en desarrollo de la autorización impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 0227 del 25 de enero de 2019, Internexa S.A. suscribió el 30 de julio de 2019 Otrosí número 1 al Contrato de Empréstito Interno con el Banco Popular S.A., con el fin de modificar la Cláusula Segunda, Literal C -- Intereses Remuneratorios;

Que en desarrollo de la autorización impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 1217 del 5 de junio de 2020, Internexa S.A. celebró el 8 de junio de 2020 el Otrosí número 2 al Contrato de Empréstito Interno con el Banco Popular S.A., consistente en la prórroga hasta por cuatro meses de las fechas de pago de las cuotas de intereses con vencimiento los días 8, 26 de junio y 10 de agosto de 2020 y establecer las nuevas fechas de pago de las cuotas para los días 8, 26 de octubre y 10 de diciembre de 2020, respectivamente;

Que en desarrollo de la autorización impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 1096 del 11 de mayo de 2020, Internexa S.A., celebró el 12 de mayo de 2020 un empréstito interno con el Banco Popular S.A., hasta por la suma de dieciocho mil millones de pesos ($18.000.000.000) moneda legal colombiana, destinados a la financiación del plan de inversiones de la empresa para la vigencia 2020;

Que mediante comunicación del 29 de septiembre de 2021 radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el No. 1-2021-085509, y alcances 1-2021- 090451 del 13 de octubre de 2021, 1-2021-093343 del 22 de octubre de 2021 y 1- 2022-001408 del 11 de enero de 2022, Internexa S.A. solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de manejo de deuda, consistente en la sustitución de las obligaciones existentes con el Banco Popular S. A. hasta por la suma

total de cincuenta y nueve mil doscientos noventa y seis millones trescientos setenta y seis mil seiscientos veintiún pesos ($59.296.376.621) moneda legal colombiana;

Que el artículo 6 de la Ley 781 de 2002, dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993, compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015, y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 262 de la Ley 1450 de 2011 dispone que, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 55 de la Ley 1341 de 2009 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993, compilado en el Libro 2 Parte 2 Decreto 1068 de 2015, y demás normas concordantes por parte de los Proveedores de la Información y Comunicaciones que ostenten la naturaleza jurídica de empresas de servicios públicos oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento en su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 2.2.1.1.3 del Decreto 1068 de 2015, dispone que: "Constituyen operaciones propias del manejo de deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR