Resolución número 0449 de 2021, por la cual se efectúa una delegación en el Subdirector de Servicios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 51606 |
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en los artículos 208 y 211 de la Constitución Política en concordancia con los artículos 9º y 61 literal g) de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 208, establece que, a los Ministros como jefes de la administración en sus respectivas carteras, les corresponde, bajo la dirección del Presidente de la República, formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio del interés general y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones;
Que la Ley 489 de 1998, en su artículo 9º acorde con los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, prevé que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines y complementarias, así como la atención y decisión de los asuntos a ellos conferidos por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente;
Que el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 determina como función de los Ministros dirigir las funciones de administración de personal conforme las normas sobre la materia;
Que la administración de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Ministerio es una función de la Subdirección de Servicios, en virtud del numeral 2 del artículo 24 del Decreto 4712 de 2008, no obstante, las actuaciones referentes a la disposición de dichos bienes muebles, como es el caso de los vehículos no se encuentran establecidas para esta u otra dependencia de la Entidad en el decreto en mención ni en aquellos que lo complementan y/o modifican;
Que por lo anterior, se requiere delegar en el Subdirector de Servicios del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, lo relacionado con los trámites para (i) el traspaso de vehículo a persona indeterminada de que trata la Resolución 3282 de 2019 del Ministerio de...
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