RESOLUCIÓN NÚMERO 0470 DE 2024 (abril 08 de 2024) - Normativa - VLEX 1031336960

RESOLUCIÓN NÚMERO 0470 DE 2024 (abril 08 de 2024)

Número de resolución0470
Fecha05 Abril 2024
RESOLUCIÓN NÚMERO 0470 DE 2024
(abril 08 de 2024)
Por la cual se reconoce personería jurídica especial a la entidad religiosa
IGLESIA RIOS DE CRISTAL PROFETAS A LAS NACIONES
EL DIRECTOR (E) DE ASUNTOS RELIGIOSOS DEL
MINISTERIO DEL INTERIOR
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley Estatutaria 133 de
1994 y los Capítulos 1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector
Administrativo del Interior 1066 de 2015, en concordancia con el Decreto Ley 2893 de 2011,
subrogado por el Decreto 1140 del 4 de julio de 2018, la Resolución 1156 del 26 de julio de 2018, la
Resolución 0233 del 20 de febrero de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que el señor JOHN ALEXANDER SALAZAR GONZÁLEZ, identificado con cédula de ciudadanía
número 80.821.823 de Bogotá, obrando en su condición de representante legal de la entidad
religiosa IGLESIA RIOS DE CRISTAL PROFETAS A LAS NACIONES, con domicilio en Puerto
Gaitán departamento del Meta, actuando mediante poder otorgado al doctor GLEISON PINEDA
CASTRO, identificado con cédula de ciudadanía número 17.417.223 y tarjeta profesional 98.279
CSJ, a través de escrito radicado en este Ministerio bajo el número radicado ID 281183 del 14 de
febrero de 2024, solicitó el reconocim iento de la personería jurídica especial de que trata la Ley
Estatutaria 133 de 1994 y los Capítulos 1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1066 de 2015.
Que, una vez estudiada la solicitud presentada, la Dirección de Asuntos Religiosos realizó el estudio
a la documentación allegada por la entidad religiosa, y la encontró ajustada a los requisitos
contenidos en la Ley 133 de 1994 y los Capítulos 1 y 2, Titulo 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto Único
Reglamentario No. 1066 de 2015.
Que dentro de la documentación aportada se encuentran: los estatutos y el reglamento interno; el
acta de constitución del 4 de febrero de 2024, mediante las cuales se constituyó la entidad religiosa,
se aprobaron los estatutos y reglamento interno, se designó al representante legal y se designaron
dignatarios; y las constancias a que se refieren los numerales 6, 7, 8, 9 y 10, del artículo 2.4.2.2.1
del Decreto 1066 de 2015.
Que se acreditaron debidamente los requisitos exigidos por la Ley Estatutaria 133 de 1994 y los
Capítulos 1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, y no se vulneran los derechos
constitucionales.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1535 de 2015, que modificó el artículo 2.4.2.1.15
del Decreto 1066 de 2015, y una vez habilitado el sistema electrónico para la expedición de los
certificados de existencia y representación legal de las entidades religiosas, en línea y en forma
gratuita, habilitado desde el día 25 de agosto de 2015; los mismos deberán ser solicitados y
tramitados por ese m edio, ingresando a la página web de este Ministerio: www.mininterior.gov.co o
asuntosreligiosos.mininterior.gov.co.
Que esta decisión se fundamenta en el riguroso análisis del expediente administrativo en los términos
del principio constitucional de buena fe, consagrado en el artículo 83 de la Constitución Política.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Reconocimiento de la personería jurídica especial. Reconócese personería jurídica
especial a la entidad religiosa IGLESIA RIOS DE CRISTAL PROFETAS A LAS NACIONES, con
domicilio en Puerto Gaitán departamento del Meta, de conformidad con lo expuesto en la parte
motiva de la presente resolución.

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