Resolución número (0480-2015) md-dimar-subdemar-alit de 2015, por la cual se otorga una concesión en bien de uso público a la Compañía Rafael del-Castillo & Cía. S. A., en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena - 29 de Septiembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 583651906

Resolución número (0480-2015) md-dimar-subdemar-alit de 2015, por la cual se otorga una concesión en bien de uso público a la Compañía Rafael del-Castillo & Cía. S. A., en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49650

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto Ley 2324 de 1984, los numerales 1 y 2 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0247 del 2 de abril de 1993, proferida por la Dirección General Marítima, se autorizó a la Sociedad Rafael del Castillo y Compañía S. A. para efectuar la construcción de dos silos de almacenamiento de trigo y un punto de descargue en terrenos de jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena.

Que mediante Resolución número 088 CP5-OFJUR del 12 de julio de 2002, expedida por la Capitanía de Puerto de Cartagena, se autorizó a la sociedad Rafael del Castillo y Cía. S. A. para efectuar la construcción de un silo vertical metálico en las instalaciones de la empresa en el barrio El Bosque.

Que mediante Resolución número 0134 del 11 de mayo de 2004 se modificó la Resolución 0247 del 2 de abril de 1993 en el sentido de ampliar el permiso de construcción y formalizar unas obras a la Sociedad Rafael del Castillo y Cía. S. A., en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena.

Que mediante escrito del 26 de diciembre de 2012 con radicación interna número 152012110284 del 28 de diciembre de 2012, la doctora Carime Puello Gutiérrez, en su calidad de apoderada de la Sociedad Rafael del Castillo & Cía. S. A., solicitó al Director General Marítimo a través de la Capitanía de Puerto de Cartagena una concesión a favor de la precitada sociedad, anexando requisitos y documentos exigidos para tal fin, los cuales fueron complementados el 27 de junio de 2013, el 29 de noviembre de 2013 y el 18 de febrero de 2014.

Que mediante Oficio número 15201406319-MD-DIMAR-CP05-ALIT del 5 de diciembre de 2014 la Capitanía de Puerto de Cartagena envió a la Dirección General Marítima la documentación del trámite.

Que con la solicitud formal de concesión, fueron allegados los siguientes documentos e información:

a) Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique)

Mediante Resolución número 1299 expedida el 28 de noviembre de 2011, la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique), otorgó viabilidad ambiental a la sociedad Rafael del Castillo & Cía. S. A., identificada con NIT. 890400372-0, para las obras detalladas en la parte considerativa, que se localizarán adyacente al inmueble de su propiedad ubicado en El Bosque, Avenida Pedro Vélez No. 20-65, con el fin de tramitar ante la Dirección General Marítima (Dimar) la concesión de un área de uso público (áreas de bajamar 10.295 m2).

b) Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, D. T. y C. - Secretaría de Planeación

Certificaciones del 4 de noviembre de 2011, mediante la cual la Secretaría de Planeación Distrital hace constar que: 1) El área que solicita el certificado para trámite de concesión ante la Dimar, actualmente no se encuentra ocupada. 2) El área de terreno a certificar no está destinado a ningún uso público, ni a ningún servicio oficial distinto al que por definición, tienen las playas, terrenos de bajamar y aguas marítimas y 3) El presente proyecto no ofrece inconveniente para el Distrito por las circunstancias anotadas en los considerandos del presente certificado, e igualmente hace constar que el proyecto se ajusta a las normas de uso del suelo para la zona según el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) Decreto

0977 del 20 de noviembre de 2001.

c) Curaduría Urbana Distrital

Mediante certificado C.U. Nº1-09-247a-2012 del 11 de septiembre de 2012, el señor Ronald Llamas Bustos en su calidad de Curador Urbano número 1 del Distrito de Cartagena de Indias certifica que: No compete a las Curadurías Urbanas otorgar licencias urbanísticas, sobre áreas de espacio público, que comprende entre otros bienes las playas marinas y terrenos de bajamar (artículo 5º del Decreto 1504 de 1998 y 2 y 3 del Decreto 1469 de 2010).

d) Ministerio de Comercio Industria y Turismo - Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo

Certificación DM - 036 2010 del 22 de septiembre de 2010, el doctor Víctor Rafael Fernández Ávila, en su calidad de Coordinador del Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo hace constar que: "La Nación a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo a la fecha de expedición de este concepto, no adelanta ningún proyecto turístico que pueda ser interferido o afectado y no encuentra inconveniente alguno con la solicitud de concesión para el uso y goce de bienes de uso público y áreas de bajamar, adyacente al inmueble de su propiedad ubicado en el barrio El Bosque, Avenida Pedro Vélez No. 20-65 de la ciudad de Cartagena, departamento de Bolívar, que se destinará al desarrollo de un proyecto que comprende: cancha deportiva de 64 x 40 metros, área de parqueo de vehículos de transporte de 575 m2, muelle de embarcaciones menores de 20 x 2 metros, kiosco de madera y paja de 14 x 14 metros y sendero perimetral de 2 x 264,2 metros construido en grava.

e) Ministerio de Transporte - Dirección de Infraestructura - Grupo de Asuntos Portuarios

Mediante Certificación número 049 del 28 de diciembre de 2010, el doctor Juan Camilo Granados Riveros, en su calidad de Director de Infraestructura del Ministerio de Transporte hace constar que a la fecha, en el área de la zona solicitada a intervenir, no existe proyecto de desarrollo portuario, concesión portuaria otorgada, ni trámite para el otorgamiento de concesión, permiso o licencia portuaria.

f) Ministerio del Interior - Dirección de Consulta Previa

Certificación número 1643 del 31 de octubre de 2013, mediante la cual la doctora Dora Lucía Bastidas Ubaté, en su calidad de Directora de Consulta Previa (E) del Ministerio del Interior manifiesta que:

Primero. Que no se registra presencia de comunidades Indígenas, Rom y Minorías, en el área del proyecto: "Tramite de Concesión Marítima", localizado en jurisdicción del Distrito Turístico, Histórico y Cultural de Cartagena de Indias, departamento de Bolívar.

Segundo. Que no se registra presencia de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto: "Tramite de Concesión Marítima", localizado en jurisdicción del Distrito Turístico, Histórico y Cultural de Cartagena de Indias, departamento de Bolívar.

Tercero. Se identificó que las comunidades étnicas más cercanas al proyecto son:

El Consejo Comunitario de la Comunidad Negra de la Unidad Comunera y de Gobierno Rural de Tierrabomba, reconocido por la Alcaldía del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias mediante Resolución 5098 del 26 de octubre de 2011 ubicada a una distancia aproximada de 6 kilómetros en dirección suroccidente y el Consejo Comunitario de la Comunidad Negra de la Unidad Comunera de Gobierno Rural Vereda de Punta Arena-Corregimiento de Tierrabomba, registrado ante la Alcaldía del Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias mediante Resolución 0009 del 26 de enero de 2007 ubicada a una distancia aproximada de 4,8 kilómetros en dirección suroccidente.

Cuarto. Si el ejecutor del proyecto, obra o actividad llegare a identificar afectaciones directas a una o más comunidades étnicas, antes durante o después de la ejecución del proyecto, obra o actividad, deberá informar de inmediato a la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior y solicitar que esta inicie el proceso de consulta.

g) Estudio Oceanográfico

Estudio Oceanográfico del 23 de diciembre de 2012, elaborado por el Oceanógrafo Físico Jorge Urbano R.

Edicto fijado el tres (3) de enero de 2014 y desfijado el catorce (14) de febrero de 2014, así como tres (3) publicaciones en el Diario El Espectador los días 15, 30 de enero y 10 de febrero de 2014.

Concepto Técnico CT. 006-A- CP05-ALlT -613 del 20 de...

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