Resolución número 0515 de 2023, por la cual se decide habilitar el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) para unos grupos poblacionales específicos y se dictan otras disposiciones - 24 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 924415736

Resolución número 0515 de 2023, por la cual se decide habilitar el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) para unos grupos poblacionales específicos y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Número de Boletín52318

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 2, 3, 6 y 7 del artículo 4º y, los numerales 3, 4 y 14 del artículo 10 del Decreto número 4062 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 1º de la Constitución Política, Colombia es un Estado Social de Derecho, fundado en el respeto por la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad de las personas que integran la República y la prevalencia del interés general;

Que a su turno el artículo 9º ibídem, establece que las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia;

Que el artículo 100 de la Constitución Política dispone que los extranjeros gozarán en el territorio de la República de las mismas garantías concedidas a los nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitución y la ley. Lo anterior, de acuerdo con el principio de igualdad de derechos y deberes entre los habitantes del territorio nacional;

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 4º del Decreto ley 4062 de 2011, a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia le compete llevar el registro de identificación de extranjeros y efectuar en el territorio nacional la verificación migratoria de los mismos;

Que el numeral 6 del artículo 4º del Decreto ley 4062 de 2011 establece que es función de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia formular, dirigir, coordinar y evaluar los planes, programas y proyectos en materia de control migratorio, extranjería y verificación migratorio, en desarrollo y de conformidad con la política migratoria;

Que el Decreto número 1067 de 2015 en su artículo 2.2.1.11.3 establece que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia ejercerá la vigilancia y control migratorio de nacionales y extranjeros en el territorio nacional;

Que el artículo 2.2.1.11.2. del Decreto número 1067 de 2015, modificado por el artículo 43 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR