Resolución número 052 de 2022, por la cual se efectúa la desagregación presupuestal a las apropiaciones contenidas en el Anexo del Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación de la vigencia 2022 asignadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Unidad Gestión General para los proyectos de inversión de los sistemas integrados de transporte masivo y los sistemas estratégicos de transporte público - 13 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 883994010

Resolución número 052 de 2022, por la cual se efectúa la desagregación presupuestal a las apropiaciones contenidas en el Anexo del Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación de la vigencia 2022 asignadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Unidad Gestión General para los proyectos de inversión de los sistemas integrados de transporte masivo y los sistemas estratégicos de transporte público

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51916

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial lo dispuesto en el inciso 5º del artículo 17 de la Ley 2159 de 2021,

CONSIDERANDO:

Que el inciso 5º del artículo 17 de la Ley 2159 del 12 de noviembre de 2021 "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigenciafiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2022" dispone que el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar mediante resolución desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas desagregaciones y asignaciones deberán quedar registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación.

Que el artículo 2.8.1.5.3 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 7º del Decreto 412 de 2018, establece que las entidades podrán realizar asignaciones internas de las apropiaciones establecidas en el Decreto de liquidación en sus dependencias, seccionales o regionales con el fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambios en su destinación. Estas desagregaciones deberán realizarse conforme a lo establecido en el catálogo de clasificación presupuestal establecido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional. La clasificación del gasto y su respectiva desagregación se realiza exclusivamente para efectos presupuestales.

Que el artículo 2.9.1.2.7 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 19 del Decreto 412 de 2018, dispone que con el fin de vincular la gestión presupuestal de los ingresos y de los gastos a la gestión contable, las entidades usuarias del SIIF Nación deberán desagregar el presupuesto, al máximo nivel de detalle del Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) establecido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

Que mediante Resolución 042 del 20 de diciembre de 2019, modificada por la Resolución 0003 del 5 de febrero de 2021, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público estableció el Catálogo de Clasificación Presupuestal.

Que el Departamento Nacional de Planeación...

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