Resolución número 05322 de 2014, por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución número 04467 de 15 de septiembre de 2008 - 29 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 541461546

Resolución número 05322 de 2014, por la cual se modifica el artículo 2º de la Resolución número 04467 de 15 de septiembre de 2008

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín49319

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias contenidas en el artículo 9º del Decreto número 260 del 28 de enero de 2004; en la Ley 708 de 2001 y demás normas concordantes y en el Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, mediante Resolución número 04467 de septiembre 15 de 2008 transfirió al departamento del Guaviare, un lote de propiedad del Fondo Aeronáutico Nacional, (FAN), hoy Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, con un área de 99.690.21 metros cuadrados la cual se encuentra dividida en dos lotes de terreno con áreas de 36.224.89 y 63.465.32 metros cuadrados, respectivamente, distinguidos ambos con folio de Matrícula número 480-2145 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de San José del Guaviare, localizados en el Aeropuerto Jorge E. González Torres de la ciudad de San José del Guaviare, departamento del Guaviare, los cuales fueron requeridos por la Gobernación del citado departamento para el desarrollo del Plan de Vivienda de Interés Social, de conformidad con la Ley 708 de 2001, y el artículo 90 de la Ley 1151 de 2007.

  2. Que la citada Resolución número 04467 del 15 de septiembre de 2008, en su artículo 2º indicó que "En el evento de que no se dé cumplimiento por parte de la Gobernación del Departamento del Guaviare en un plazo de un (1) año a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, la propiedad de los terrenos revertirá y seguirá en cabeza de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil".

  3. Que a petición del Gobernador del Guaviare, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil modificó el plazo otorgado inicialmente a través de las Resoluciones número 02420 de mayo 11 de 2010 y 05539 del 4 de octubre de 2011, ampliándolo hasta el 14 de septiembre de 2014.

    4 Que con oficio PVD-1000-325 radicado en esta Entidad con el número 2014068410 del 5 de septiembre de 2014, el Gobernador del Guaviare está solicitando nuevamente la ampliación del plazo por no haber finalizado aún la ejecución de los proyectos...

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