Resolución Número 0570 de 2023, por medio de la cual se acepta una renuncia a! Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra 'Semillero de Propietarios'y se modifica parcialmente la Resolución número 3293 del 8 de noviembre de 2021, modificada a través de la Resolución número 0152 del 15 de febrero de 2022. - 10 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 973084122

Resolución Número 0570 de 2023, por medio de la cual se acepta una renuncia a! Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra 'Semillero de Propietarios'y se modifica parcialmente la Resolución número 3293 del 8 de noviembre de 2021, modificada a través de la Resolución número 0152 del 15 de febrero de 2022.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín52605

La Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el Capítulo 6, Título 1, Parte 1 del Libro 2 del Decreto número 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(...) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo la diferentes modalidades de acuerdo con la nonnatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno nacional. (...)".

Que en el Capítulo 6, Título 1, Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio número 1077 de 2015, se incorporó el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra "Semillero de Propietarios", destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población cuyos ingresos son iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), por medio de una política de arrendamiento social con opción de compra.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.6.4.1 del Decreto número 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), suscribió con la Fiduciaria Bogotá S. A. (Fidubogotá) el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos número 006 del 26 de diciembre de 2018 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el...

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