Resolución número 0577-2015 md-dimar-subdemar-alit de 2015, por la cual se otorga una concesión y autorización de obras en bien de uso público a la Empresa Nautical Recreations S.A.S., en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Riohacha - 21 de Octubre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 585421606

Resolución número 0577-2015 md-dimar-subdemar-alit de 2015, por la cual se otorga una concesión y autorización de obras en bien de uso público a la Empresa Nautical Recreations S.A.S., en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Riohacha

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49672

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984, los numerales 1 y 2 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación del 16 de enero de 2015 el señor Edelmes Brito Ibarra en su calidad de Gerente y Representante Legal de la Sociedad Nautical Recreations S.A.S., solicitó ante la Dirección General Marítima Concesión para intervención de un sector de playa de Riohacha, consistente en la construcción de un kiosco en madera armonizado con el medio ambiente, donde se van a ofrecer los servicios náuticos, atención a los bañistas y turistas que llegan a las playas a disfrutar de los deportes y recreación náutica.

Que con la solicitud formal de concesión, fueron allegados los siguientes documentos e información:

a) Corporación Autónoma Regional de La Guajira - Corpoguajira

Oficio número 20143300145511 del 25 de noviembre 2014 la Corporación Autónoma Regional de La Guajira - Corpoguajira, mediante el cual emite el siguiente concepto: "En materia ambiental es menester señalar que según disposiciones del Decreto 2820 de 2010 el proyecto en mención no requiere Licencia Ambiental, ni aprobación de Plan de Manejo Ambiental, pero si al momento de la ejecución del proyecto, se requiere de la afectación de un recurso natural, se deberá solicitar el permiso correspondiente ante la autoridad ambiental competente.

b) Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Certificación DM-020/2014 del 25 de septiembre de 2014 la doctora María Elvira Riveros Reina, en su calidad de coordinadora del Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo hace constar que: La Nación a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo no adelanta en la actualidad ningún proyecto turístico que pudiera requerir el uso y goce de las playas y terrenos de baja mar ubicadas en la calle 1 y 3, frente al hotel Gimaura en la ciudad de Riohacha, Guajira, donde se desarrollará el proyecto "Zona Náutica" el cual consta de: deck en madera, zona de hidratación, quiosco, dos baterías sanitarias de baños ecológicas, se contempla la siembra de 10 alrededor de la infraestructura.

c) Ministerio del Interior - Dirección de Consulta Previa

Certificación número 1865 del 19 de noviembre de 2014, mediante el cual el doctor Alvaro

Echeverry Londoño, en su calidad de Director de Consulta Previa del Ministerio del Interior certifica que no se identifica la presencia de comunidades indígenas, Rom y minorías en el área de influencia del proyecto, ni se registra presencia de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en el área del proyecto.

d) Ministerio de Transporte - Dirección de Infraestructura - Grupo de Asuntos Portuarios

Mediante Certificación número 027 de 2014, el doctor Juan David Barahona Rebolledo, en su calidad de Director de Infraestructura del Ministerio de Transporte hace constar que a la fecha, en el área de la zona a intervenir, no existe proyecto de desarrollo portuario, concesión portuaria otorgada, ni trámite para el otorgamiento de concesión, permiso o licencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR