Resolución número 0690-2018 md-dimar-subdemar-alit de 2018, por la cual se otorga a la Alcaldía del municipio de Puerto Colombia, una autorización de obra sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Barranquilla - 16 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 739372413

Resolución número 0690-2018 md-dimar-subdemar-alit de 2018, por la cual se otorga a la Alcaldía del municipio de Puerto Colombia, una autorización de obra sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Barranquilla

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50718

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984, los numerales 1 y 2 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio de fecha 2 de mayo de 2018, radicado en la Capitanía de Puerto de Barranquilla con número de radicado Dimar número 132018101136, el señor Steimer Mantilla Rolong, Alcalde del municipio de Puerto Colombia presenta formalmente la solicitud de autorización de obra sobre un bien de uso público de la Nación bajo jurisdicción de la Dirección General Marítima, anexando los requisitos para iniciar el trámite de concesión ante la Dirección General Marítima.

Que mediante oficio interno número 2415330R MD-DIMAR-CP03-ALITMA del 24 de julio de 2018, la Capitanía de Puerto de Barranquilla remitió la documentación presentada por el señor Alcalde de Puerto Colombia Steimer Mantilla Rolong.

Que con la solicitud formal fueron allegados los siguientes documentos e información.

a) Corporación Autónoma Regional del Atlántico

Mediante la Resolución número 0318 del 2004, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA) otorga licencia ambiental al proyecto de reconstrucción de las obras de recuperación ambiental de las playas de salgar, municipio de Puerto Colombia, con esta resolución se otorga el acto administrativo correspondiente número 0206 del 31 de julio de 2006, la cual fue modificada mediante Resolución número 0000112 del 21 de febrero del 2018.

b) Alcaldía Municipal

Mediante certificado de fecha 22 de noviembre del 2017, el suscrito Secretario de Desarrollo Territorial de Puerto Colombia, certifica que: "... el proyecto no afecta a las comunidades étnicas y que se encuentra en concordancia con el Plan de Desarrollo Nacional, el Plan de Desarrollo Departamental y con el Plan de Desarrollo Municipal...".

Así mismo mediante certificado de fecha 25 de octubre del 2017, el suscrito Secretario de Desarrollo Territorial de Puerto Colombia, certifica que: "...No se encuentra ubicado en zona que presente alto riesgo no mitigable y está acorde con las normas establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio...".

c) Ministerio de Transporte - Dirección de Infraestructura - Grupo de Infraestructura y Planeación Intermodal.

Mediante Certificación número 017 del 20 de abril de 2018, el doctor Mario Andrés Peláez Rojas, en su calidad de Director de Infraestructura del Ministerio de Transporte hace constar que a la fecha, en el área de la zona solicitada a intervenir, no tiene ningún trámite de concesión portuaria en la zona.

d) Viceministerio de Turismo

Mediante...

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