Resolución número (0717-2016) md-dimar-subdemar-alit de 2016, por la cual se otorga una concesión a la Sociedad AMC Operaciones Hoteleras S.A.S., en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas - 13 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 655528305

Resolución número (0717-2016) md-dimar-subdemar-alit de 2016, por la cual se otorga una concesión a la Sociedad AMC Operaciones Hoteleras S.A.S., en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50086

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984, los numerales 1 y 2 del artículo

  1. del Decreto número 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0497 del 8 de septiembre de 1995, la Dirección General Marítima otorgó una concesión a la Sociedad Inversiones Turísticas Cispata S. A. y autorizó la construcción de unas obras en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas.

Que mediante Resolución número 0624 del 14 de noviembre de 1995, por medio de la cual la Dirección General Marítima resolvió el recurso de reposición interpuesto por el apoderado de la sociedad Inversiones Turísticas Cispata S. A., contra la Resolución número 0497 de septiembre 8 de 1995, se estableció en el artículo 1º "Revocar la sanción impuesta a la 'Sociedad Inversiones Turísticas Cispata S. A.', consistente en una multa por valor de veintitrés millones setecientos ochenta y seis coma setecientos pesos ($23.786,700)". Cursiva fuera de texto.

Que a través de la Resolución número 0258 del 22 de julio de 1998 la Dirección General Marítima otorgó a la Sociedad "Inversiones Turísticas Cispata S. A.", ampliación de la concesión dada por medio de Resolución número 0497 del 8 de septiembre de 1995, y se legalizaron unas obras construidas en terrenos de la nación ubicadas en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas.

Que mediante Resolución número 1163 del 29 de julio de 2010, la Dirección Nacional de Estupefacientes revocó la Resolución número 920 del 7 de julio de 2008 y de manera parcial la número 668 del 3 de junio de 2008, removió un depositario provisional y designó otro, así:

"(...) Segundo: Designar a AMC Operaciones Hoteleras S.A.S., identificada con NIT 900.360.834-4 y matrícula mercantil número 1996121, representada legalmente por Alejandro de Jesús Márquez Calle, como depositaria provisional de la totalidad de los bienes descritos en este acto administrativo (...)".

Que mediante Escrito de fecha 19 de noviembre de 2015 radicado en la Capitanía de Puerto con el número 192015103513 el 23 de noviembre de 2015, el señor Ricardo Tapias López, identificado con la cédula de ciudadanía número 19150884 de Bogotá, portador de la T.P. número 28.146 del CSJ, obrando en calidad de apoderado del señor Alejandro de Jesús Márquez Calle, Representante Legal de la sociedad AMC Operaciones Hoteleras S.A.S., solicitó formalmente la concesión del bien de uso público ocupado por la sociedad Cispata Promotora Hotelera S. A. en "Reestructuración".

Que mediante oficio número 19201500242 MD-DIMAR-CP09-ALITMA de fecha 22 de febrero de 2016, se hace la devolución del trámite de concesión mencionado en el punto anterior debido a inconsistencias encontradas en la carpeta contentiva del trámite.

Que mediante escrito de fecha 5 de abril de 2016, radicado en la Capitanía de Puerto de Coveñas con el número 192016101127 el 8 de abril del presente año, el señor Ricardo Tapias López, Apoderado del señor Alejandro de Jesús Márquez Calle, Representante Legal de la sociedad AMC Operaciones Hoteleras S.A.S., presentó nuevamente la solicitud de concesión del bien de uso público ocupado por la sociedad Cispata Promotora Hotelera S. A. en "Reestructuración".

Que Mediante C.T 015-CP09-ALIT-613 Anexo "A" del 7 de junio de 2016, la capitanía de puerto de Coveñas emite a la Dirección General Marítima concepto favorable a la solicitud de concesión de un área de bien de uso público a la Sociedad AMC Operaciones Hoteleras S.A.S. Anexando documentación del trámite.

Que con la solicitud formal de concesión fueron allegados los siguientes documentos e...

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