Resolución número 0729 de 2022, por la cual se modifica la Resolución número 143 de 2010 en lo relacionado con las funciones del Comité de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - 24 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 899516877

Resolución número 0729 de 2022, por la cual se modifica la Resolución número 143 de 2010 en lo relacionado con las funciones del Comité de Tesorería del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Pübico
Número de Boletín51986

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial la conferida por el numeral 33 del artículo del Decreto número 4712 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución número 005 de 2021 del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) delegó en el Comité de Gestión de Pasivos y Coberturas de la Nación el seguimiento de las operaciones de crédito público de manejo y asunción de deuda y prefinanciamiento, y su pronunciamiento con el fin de establecer que el gasto en intereses, comisiones y gastos de la deuda que estas generan, se encuentra ajustado al Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Que en virtud de la delegación realizada por el Confis en la resolución de que trata el considerando anterior, mediante Resolución número 0375 de 2022 se adicionó a las funciones del Comité de Gestión de Pasivos y Coberturas de la Nación la función de conocer y conceptuar sobre la emisión, colocación y las operaciones de manejo de títulos de deuda pública, bonos, pagarés y demás operaciones de crédito público a cargo de la Nación, propendiendo por que el gasto en intereses, comisiones y gastos de la deuda que estas generan, se encuentren ajustados al Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Que en atención a que la función contenida en el literal c) del artículo 3º de la Resolución número 143 de 2010 se delegó al Comité de Gestión de Pasivos y Coberturas de la Nación, se hace necesario incluir la función de revisar periódicamente el comportamiento del flujo de caja de la Nación en pesos y moneda extranjera y determinar la necesidad de cambios en las fuentes de ingresos y/o egresos previstas en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, teniendo en cuenta que ya no se tendrá conocimiento sobre las operaciones de crédito público que generan dicho flujo.

Que dados los desarrollos de los mercados financieros nacionales e internacionales, existen diversos instrumentos de los mercados de capitales en los cuales se pueden invertir los excedentes de liquidez manejados por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, por lo que es necesario precisar en el literal d) del artículo 3º de la Resolución número 143 antes citada que el pronunciamiento del comité se refiere a los instrumentos de los mercados de capitales.

Que mediante Resolución número 2214 de 2006 modificada por la Resolución número 670 de 2008 se...

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