Resolución número 0749 de 2024, por la cual se reconocen las obligaciones liquidadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles con Ecopetrol S. A. y la Refinería de Cartagena S. A. S. - Reficar y se ordena su pago - 1 de Abril de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1029802328

Resolución número 0749 de 2024, por la cual se reconocen las obligaciones liquidadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles con Ecopetrol S. A. y la Refinería de Cartagena S. A. S. - Reficar y se ordena su pago

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52714

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades legales, en especial la que le confiere el artículo 74 de la Ley 2342 de 2023,CONSIDERANDO:Que el artículo 69 de la Ley 1151 de 2007 creó el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), sin personería jurídica, adscrito y administrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual tendrá como función atenuar en el mercado interno, el impacto de las fluctuaciones de los precios de los combustibles en los mercados internacionales.Que el artículo 101 de la Ley 1450 de 2011 señaló que el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), creado por el artículo 69 de la Ley 1151 de 2007, seguirá funcionando para atenuar en el mercado interno el impacto de las fluctuaciones de los precios de los combustibles en los mercados internacionales.Que el artículo 2.3.4.1.5 del Decreto número 1068 de 2015 establece que el Ministerio de Minas y Energía, a través de la Dirección de Hidrocarburos, calculará y liquidará mediante resolución, el valor de la posición neta de cada refinador y/o importador discriminando cada tipo de combustible a ser reconocido por el Fondo de Estabilización de Precios a los Combustibles (FEPC) de forma trimestral, previa presentación al Comité Directivo de dicho Fondo.Que el artículo 74 de la Ley 2342 de 2023 establece que: "para atender las obligaciones a cargo del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), incluidas las causadas en vigencias anteriores, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realizará directamente las correspondientes transferencias o compensaciones", y además indica que "para realizar las correspondientes transferencias o compensaciones el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá: (i) utilizar las apropiaciones presupuestales de funcionamiento o de servicio de la deuda disponibles no comprometidas; (...)".Que la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 56724 del 21 de marzo de 2024 por valor total de $8.000.000.000.000,00, expedido con cargo a las apropiaciones del rubro A-03-03-04-067Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles (FEPC).Que el Comité Directivo del FEPC, en sesión del 1º de abril de 2024 conoció la liquidación de los saldos del FEPC respecto de las sociedades Ecopetrol S. A. y Reficar S. A. S., así: i) la posición neta de Ecopetrol S...

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