Resolución número 0754 de 2023, por la cual se adopta el Protocolo para la prevención, atención y medidas de protección de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en género y/o discriminación en el ámbito laboral y contractual y se crea el Comité de Equidad de Género, Diversidad Sexual y Prevención de Situaciones de Violencia y/o Discriminación en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - 1 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 940991081

Resolución número 0754 de 2023, por la cual se adopta el Protocolo para la prevención, atención y medidas de protección de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en género y/o discriminación en el ámbito laboral y contractual y se crea el Comité de Equidad de Género, Diversidad Sexual y Prevención de Situaciones de Violencia y/o Discriminación en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín52474

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, los Decretos número 2647, 2648 y 2649 de 2022 y 1194 de 2023

CONSIDERANDO:

Que la Declaración Universal de Derechos Humanos reafirma el principio de la no discriminación y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona puede invocar todos sus derechos y libertades sin distinción alguna y, por ende, sin distinción de género.

Que el Título II, Capítulo I de la Constitución Política de Colombia consagra la dignidad humana, igualdad, no discriminación, honra, salud, libertad de expresión y el libre desarrollo de la personalidad como derechos fundamentales de los ciudadanos colombianos.

Que mediante la Ley 51 de 1981, se ratificó por parte del Estado Colombiano la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y en la misma se comprometió a tomar medidas apropiadas para "modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de prejuicios y las practicas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres".

Que con la Ley 248 de 1995 el Estado colombiano ratificó la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem do Pará" en la cual se declara que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, además de ser una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre géneros.

Que la Ley 1257 de 2008, creada para la protección integral de las mujeres, es una norma que permite garantizar una vida libre de violencia y en la que se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres.

Que en el año 2007 el Consejo de Derechos Humanos de la ONU oficializó los principios de Yogyakarta, que contienen criterios orientadores para la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género y, Colombia suscribió la Declaración sobre Orientación Sexual e Identidad de Género de la Asamblea General de las Naciones Unidas, reafirmando el derecho de no

discriminación y condenando la violencia, el acoso, la exclusión, la estigmatización y prejuicio contra personas por causa de su orientación sexual o identidad de género.

Que el objetivo número 5 de Desarrollo Sostenible - Agenda 2030, de la Organización de Naciones Unidas (ONU), de la cual Colombia, es Estado parte, establece la igualdad de género, como base fundamental para avanzar en la erradicación de la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad general.

Que el artículo 344 de la Ley 2294 de 2023 "por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 'Colombia Potencia Mundial de la Vida declara la emergencia por violencia de género en el territorio nacional y dispone una serie de acciones estratégicas a ser desarrolladas por las entidades en el marco de sus programas, planes, proyectos y políticas públicas.

Que a través del documento Conpes 4080 del dieciocho (18) de abril de 2020, se aprueba la Política de Estado de "Equidad de género para las mujeres: hacia el desarrollo sostenible del país", el documento técnico "Sugerencias de política pública en pro-equidad de género" será la hoja de ruta a 2030, en aras de dar continuidad al trabajo que el Gobierno nacional ha realizado por la equidad de las mujeres.

Que mediante Directiva Presidencial número 1 de 8 de marzo de 2023, el señor Presidente de la República doctor Gustavo Petro Urrego instó a las Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y demás ramas del poder público, entes autónomos, organismos de control y vigilancia y entidades territoriales, para adoptar las medidas de que trata la Directiva ibídem u otras medidas efectivas para garantizar la prevención, atención y protección de todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en género y/o discriminación por razón de sexo, género, orientación sexual, raza, pertenencia étnica, nacionalidad y discapacidad en el ámbito laboral y contractual.

Que en cumplimiento de la Directiva ídem, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República diseñó el "Protocolo para la Prevención, Atención y Medidas de Protección de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en género y/o discriminación en el ámbito laboral y contractual en el...

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