Resolución número 081 de 2022, por medio de la cual se corrige la Resolución número 0478 de 7 de diciembre de 2021 - 5 de Abril de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 901054398

Resolución número 081 de 2022, por medio de la cual se corrige la Resolución número 0478 de 7 de diciembre de 2021

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín51998

Expediente AA 388 de 2017.

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 45 de la Ley 1437 de 2011 y 22 del Decreto número 2723 de 2014 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0478 de 7 de diciembre de 2021 esta Oficina decidió la actuación administrativa que vinculó el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N-28058, actuación contenida en el Expediente AA388 de 2017.

Los artículos primero y segundo de la citada Resolución número 0478 de 2021 ordenaron lo siguiente:

"Primero. Dejar sin valor y efecto jurídico registral, acorde la parte motiva de esta providencia, las anotaciones 23, 24 y 25 del Folio de Matrícula Inmobiliaria número 50N-28058, que en su orden corresponden al Oficio número 171 de fecha 17 de febrero de 2017 del Juzgado 39 Civil del Circuito de Bogotá, D. C. (Anotación 23) y la Escritura número 2418 de fecha 1º de noviembre de 2016 de la Notaría Catorce (14) del Círculo de Bogotá, D. C. (Anotaciones 24 y 25). Efectúense las salvedades de ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012.

Segundo. Tomar a vigente las Anotaciones números 21 y 22 del Folio número 50N-28058, que corresponden a la hipoteca registrada mediante Escritura número 2175 de fecha 29 de octubre de 2015 de la Notaría 8a de Bogotá y al embargo ejecutivo con acción real decretado mediante Oficio número 1061 del 19 de mayo de 2016 por el Juzgado 39 Civil del Circuito de Bogotá, D. C., de conformidad con lo dispuesto en la parte motiva del presente proveído, realizando las respectivas salvedades de ley".

El Acto Administrativo número 0478 de 7 de diciembre de 2021 fue notificado y comunicado, por lo tanto, quedó en firme.

Así las cosas, el funcionario encargado procedió a ejecutoriar en el sistema de folio magnético lo ordenado por la Resolución número 0478 de 2021, encontrando que en el artículo segundo de la misma se ordena tornar a vigentes las Anotaciones números 21 y 22 del Folio número 50N-28058 pero revisado el aplicativo folio magnético se evidencia que las mismas se encuentran vigentes como consta en la siguiente captura de pantalla por lo que la orden dada en la ejecutoria no es la de tornar a vigentes las anotaciones descritas:

Lo que procede en este caso es adecuar el cuadro de cancelaciones en lo que respecta a las Anotaciones números 21 y 22 del Folio número 50N-28058 que corresponden a la hipoteca registrada mediante Escritura númSro 2175 de fecha 29de octubre de 2015 de la Notaría 8a de Bogotá y al...

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