Resolución número 0811 de 2023, por la cual se modifica la desagregación inicial del Presupuesto de Inversión del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), para la vigencia 2023 - 10 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 945679231

Resolución número 0811 de 2023, por la cual se modifica la desagregación inicial del Presupuesto de Inversión del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), para la vigencia 2023

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín52514

La Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en los artículos 57 y 59 de la Ley 489 de 1998; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.8.1.7.5 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el artículo 14 del Decreto 412 de 2018 establece que el registro de la ejecución del presupuesto de rentas y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nación en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) que establezca la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en los tiempos que permitan conocer la situación de las finanzas con mayor cercanía al momento de generarse el hecho económico.

Que mediante la Resolución número 042 del 7 del 21 de diciembre de 2019, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional, estableció el Catálogo de Clasificación Presupuestal para el registro de los compromisos en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación, por concepto de ingreso y por objeto de gasto.

Que el artículo 19 del Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022, el cual liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2023, en el último inciso dispuso que "el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar mediante resolución desagregaciones presupuestales a las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación, así como efectuar asignaciones internas de apropiaciones en sus dependencias, seccionales o regionales a fin de facilitar su manejo operativo y de gestión, sin que las mismas impliquen cambiar su destinación. Estas desagregaciones y asignaciones deberán quedar registradas en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación, y para su validez no requerirán aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, ni del previo concepto favorable por parte del Departamento Nacional de Planeación -Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas tratándose de gastos de inversión".

Que mediante Resolución número...

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