Resolución número 0831 de 2021, por la cual se delega la función relacionada con la viabilidad de los proyectos de inversión del mecanismo de obras por impuesto - 19 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 878621783

Resolución número 0831 de 2021, por la cual se delega la función relacionada con la viabilidad de los proyectos de inversión del mecanismo de obras por impuesto

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín51863

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos , 10, 11, 12 y 59 de la Ley 489 de 1998, artículo 26 del Decreto número 1784 de 2019, en concordancia con el artículo 1.6.6.2.1. del Decreto número 1625 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante artículo 209 de la Constitución Política de Colombia se dispone que "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y a desconcentración de funciones".

Que el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia establece la figura de la delegación en aras de permitir a las entidades públicas administrativas asignar tareas, funciones y competencias en sus subalternos o en otras autoridades.

Que los artículos y 12 de la Ley 489 de 1998, señalan:

"Artículo 9º. Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley...".

"Artículo 12. Régimen de los actos del delegatario. Los actos expedidos por las autoridades delegatarias estarán sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por la autoridad delegante y serán susceptibles de los recursos procedentes contra los actos de ellas.

La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, sin perjuicio de que en virtud de lo dispuesto en el artículo 211 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR