Resolución número 0845 de 2017, por la cual se deroga la Resolución 0091 del 8 de enero de 2014 y se establece la Política de Administración de Riesgos de Procesos y de Corrupción de la Superintendencia de Notariado y Registro - 25 de Abril de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 678131301

Resolución número 0845 de 2017, por la cual se deroga la Resolución 0091 del 8 de enero de 2014 y se establece la Política de Administración de Riesgos de Procesos y de Corrupción de la Superintendencia de Notariado y Registro

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín50215

El Superintendente de Notariado y Registro, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las conferidas en el numeral 19 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014.

CONSIDERANDO:

Que la Ley 87 de 1993, "por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", establece que son objetivos del control interno, entre otros, la protección de los recursos de la organización, la que debe buscar su adecuada administración ante los posibles riesgos que los afecten; además, definir y aplicar aquellas medidas tendientes a prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que puedan afectar el logro de los objetivos.

Que de conformidad con lo previsto por el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011, "por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública", toda entidad pública "deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámitesy los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano".

Que el Gobierno nacional mediante el Decreto 1083 de 2015, "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública", en el artículo 2.2.21.5.4, como parte integral del fortalecimiento de los sistemas de control interno en las entidades públicas; las autoridades correspondientes establecerán y aplicarán políticas de administración del riesgo. Para tal efecto, la identificación y análisis del riesgo debe ser un proceso permanente e interactivo entre la administración y las oficinas de control interno o quien haga sus veces, evaluando los aspectos tanto internos como externos que pueden llegar a representar amenaza para la consecución de los objetivos organizaciones, con miras a establecer acciones efectivas, representadas en actividades de control, acordadas entre los responsables de las áreas o procesos y las oficinas de control...

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