Resolución número 0848 de 2018, por la cual se asignan dos (2) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa por aceptación de recurso de reposición, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el Proyecto Urbanización San Luis del municipio de Pasto en el departamento de Nariño y se modifican parcialmente las Resoluciones números 1003 del 22 de noviembre de 2013 y 338 de 6 de agosto de 2015 - 1 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 731033553

Resolución número 0848 de 2018, por la cual se asignan dos (2) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie a hogares con selección directa por aceptación de recurso de reposición, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el Proyecto Urbanización San Luis del municipio de Pasto en el departamento de Nariño y se modifican parcialmente las Resoluciones números 1003 del 22 de noviembre de 2013 y 338 de 6 de agosto de 2015

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín50641

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del

Decreto-ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley E537 de 20E2 y el artículo 2.E.E.2.E.T.E del Decreto número E077 del 2D de mayo de 20E5, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones";

Que se expidió la Ley E537 de 20E2, "Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda";

Que en el artículo E2 de la referida ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno nacional;

Que en el artículo 2.E.E.2.E.T.E del Decreto número E077 de 20E5, establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por Prosperidad Social;

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo Dº de la Ley E537 de 20E2 el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) celebró con Fiduciaria Bogotá el Contrato de Fiducia Mercantil número 302 de 20E2, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado Fideicomiso o Programa de Vivienda Gratuita, por medio del cual se realizará la...

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