Resolución número 0849 de 2022, por la cual se delegan unas funciones - 5 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 912940639

Resolución número 0849 de 2022, por la cual se delegan unas funciones

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín52178

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 9 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 11 del artículo 27 del Decreto 1784 de 2019.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad por lo dispuesto en dicha ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que mediante resolución número 0078 del 10 de febrero de 2021, el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República delegó en el secretario jurídico "(...) las facultades de notificarse, representar y conferir poderes en las actuaciones prejudiciales, judiciales y administrativas en el nombre de la Nación - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en los procesos que se constituya como parte y, en general, en todas las actuaciones que se surtan ante la Rama Judicial, la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP, el Ministerio Público, los Organismos de Control y las autoridades administrativas del orden nacional y territorial".

Que el numeral 11 del artículo 27 del Decreto 1784 de 2019 dispone como funciones de la Secretaría Jurídica "Representar judicial y extrajudicialmente a la Presidencia de la República en los procesos en que sea parte por delegación del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, sin perjuicio de que este pueda delegar esas funciones en otros servidores de la entidad".

Que considerando algunas circunstancias que rodean el trámite de las acciones de tutela y Habeas Corpus en las que es parte el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, se considera procedente delegar unas facultades en relación con las acciones constitucionales antes señaladas.

RESUELVE:

Artículo 1º Delegación.

Delegar a los funcionarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República que a continuación se relacionan, la facultad de notificarse, representar y conferir poderes en las acciones constitucionales de tutela y hábeas...

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