Resolución número 0888 de 2015, por medio de la cual se renueva una licencia de funcionamiento Bienal para desarrollar la modalidad Internamiento Preventivo - 19 de Julio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 579046394

Resolución número 0888 de 2015, por medio de la cual se renueva una licencia de funcionamiento Bienal para desarrollar la modalidad Internamiento Preventivo

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Número de Boletín49578

La Directora encargada del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Regional Caquetá, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 7a de 1979, el Decreto 117 de 2010, Ley 1098 de 2006 y la Resolución 3899 del 8 de septiembre de 2010 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 de la Ley 1098 de 2006 establece que todas las personas naturales o jurídicas con personería Jurídica expedida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o sin ella, que aun, con autorización de los padres o representantes legales, alberguen o cuiden a los niños, las niñas o los adolescentes son sujetos de la vigilancia del Estado.

Que de acuerdo con las normas que regulan la prestación del Servicio Público de Bienestar

Familiar compete al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector, coordinador y articulador del SistemaNacional de Bienestar Familiar, reconocer, otorgar, renovar, suspender y cancelar personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las instituciones del Sistema que prestan servicios de protección a los menores de edad o la familia y a las que desarrollen el programa de adopción.

Que el artículo 60 de la Ley 1098 de 2006, señala la obligación del Instituto Colombiano de

Bienestar Familiar para la vinculación a programas de atención especializada para el restablecimiento de Derechos vulnerados a los niños, niñas y adolescentes que sean víctimas de cualquier acto que vulnere sus derechos de protección, de su integridad personal o sea víctima de un delito en concordancia con los artículos 50 y 141 de la citada ley.

Que la finalidad del Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes es la imposición de medidas de carácter pedagógico específico y diferenciado respecto del Sistema de adultos, conforme a la Protección Integral, por lo que el proceso deberá garantizar el restablecimiento de derechos, la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño.

Que de acuerdo con el artículo 148 de la Ley 1098 de 2006 la ejecución de medidas por responsabilidad Penal para adolescentes estará cargo de autoridades y...

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