Resolución número 092 de 2015, por la cual se delimita y declara la Zona Minera de Comunidad Negra del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí, jurisdicción del municipio de Barbacoas departamento de Nariño - 11 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 589641694

Resolución número 092 de 2015, por la cual se delimita y declara la Zona Minera de Comunidad Negra del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí, jurisdicción del municipio de Barbacoas departamento de Nariño

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Minería
Número de Boletín49723

La Vicepresidente de Promoción y Fomento de la Agencia Nacional de Minería, en uso de las facultades legales y, en especial, las que le confiere el numeral 7 del artículo 17 del Decreto 4134 de 2012, artículo 131 de la Ley 685 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 131 de la Ley 685 de 2001 establece que "Dentro de los terrenos baldíos ribereños, adjudicados por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria como propiedad colectiva de una comunidad negra, a solicitud de ésta, la autoridad minera podrá establecer zonas mineras especiales, y establecerá la extensión y linderos de dichas zonas. Dentro de estas zonas la autoridad concedente a solicitud de la autoridad comunitaria otorgará concesión como titular a la aludida comunidad y no a sus integrantes individualmente considerados...".

Que, de conformidad con el Decreto 070 de 2001, era función del Ministerio de Minas y Energía delimitar las zonas mineras indígenas, de comunidades negras y mixtas, de acuerdo con las solicitudes presentadas por las comunidades.

Que el Ministerio de Minas y Energía recibió, mediante Oficio número 2010025097 del 19 de mayo de 2010 (folios 1-12), solicitud de delimitación de zona minera de comunidad negra por parte de Luis Alfonso Quiñones, en calidad de representante legal del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí, ubicado en el municipio de Barbacoas, departamento de Nariño.

Que el Ministerio de Minas y Energía, mediante Oficio número 20100028615 del 4 de junio de 2010 (folio 14), solicitó al Ministerio del Interior y de Justicia certificación de la autoridad comunitaria del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí para efectos de surtir el trámite de delimitación de una zona minera de comunidad negra.

Que mediante Oficio número 2010028621 del 4 de junio de 2010 (folio 15), el Ministerio de Minas y Energía solicitó al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) copia del acto administrativo mediante el cual se titularon, en calidad de propiedad colectiva, los terrenos baldíos ocupados por el Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí y el plano correspondiente.

Que el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), mediante oficios números 2010034109 del 7 de julio de 2010 (folios 17-34) y número 2010035731 del 15 de julio de 2010 (folios 35), remitió la Resolución número 01648 del 6 de octubre de 2004, por la cual se adjudicaron, en calidad de tierras de las comunidades negras, los terrenos baldíos ocupados colectivamente por la comunidad negra organizada en el Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí, municipio de Barbacoas, departamento de Nariño, y su plano correspondiente.

Que el numeral 1 del artículo 4º del Decreto 4134 de 2012 establece que la Agencia Nacional de Minería (ANM) debe ejercer la función de autoridad minera o concedente en el territorio Nacional.

Que el numeral 7 del artículo 17 del Decreto 4134 de 2012 asigna a la Vicepresidencia de Promoción y Fomento la función de "Dirigir los estudios técnicos y sociales requeridos para señalar y delimitar las zonas mineras indígenas, de comunidades negras y mixtas, así como la declaratoria de las mismas, en los términos establecidos en la ley" y, de acuerdo con el concepto emitido por la Oficina Asesora Jurídica, mediante memorando interno número 20131200111993, se establece que "la facultad de delimitar y declarar zonas mineras indígenas, de comunidades negras o mixtas se encuentra en cabeza de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento" el cual fue reiterado mediante correo electrónico del 8 de octubre de 2013, emitido por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica (folios 417-418).

Que de conformidad con el Decreto 4134 de 2011, el Ministerio de Minas y Energía procedió a hacer entrega a la Agencia Nacional de Minería, mediante Acta número 3 del 4 de diciembre de 2012 y Acta número 5 del 25 de febrero de 20015 (folios 52-61), del expediente correspondiente a la solicitud de delimitación y declaración de zona minera de comunidad negra por parte del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí.

Que mediante Oficio número 20134120029011 del 19 de febrero de 2013 (folios 6263), Oficio número 20134100188931 del 10 de julio de 2013 (folios 65-67), Oficio número 20144100067071 del 4 de marzo de 2014 (folios 69-71) y 20144100393951 del 12 de noviembre de 2015 (folio 243), se solicitó al Ministerio del Interior certificación del representante legal o autoridad tradicional del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí.

Que mediante Oficio número 2014013371 del 3 de marzo de 2014 (folios 73-205), el representante legal del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí, Néstor Manuel Zambrano Quiñones, identificado con cédula de ciudadanía número 5218924, reiteró la solicitud de delimitación de la zona minera de comunidad negra del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí.

Que mediante Oficio número 20144100168561 del 23 de mayo de 2014 (folios 212215), se reiteró al Ministerio del Interior certificación del representante legal o autoridad tradicional del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí.

Que la Gerencia de Fomento solicitó al Grupo de Catastro y Registro Minero, mediante memorando número 20144100118903 del 19 de junio de 2014 (folios 218-219), certificado de área libre e información correspondiente al área susceptible de delimitación y declaración de una zona minera de comunidad negra.

Que mediante Oficio número 20145500244572 del 20 de junio de 2014 (folios 221-223 y 375), se remitió por parte del señor Jonny Enrique Escobar Ferrin, identificado con cédula de ciudadanía número 87432058, como Secretario de la Mesa de Consejos Comunitarios de la Región del Telembí, copia del certificado de tradición Matrícula Inmobiliaria número 242-3609 del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí, expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barbacoas.

Que mediante Contrato de Consultoría número 0081 de 2014, suscrito entre la Agencia Nacional de Minería y el consultor Geología, Minería y Medio Ambiente (GEMI) S.A.S, se adelantó la visita técnica de reconocimiento geológico minero al área del Consejo Comunitario Unión Bajo Río Guelmambí, municipio de Barbacoas, departamento de Nariño, entre 17 y 23 de septiembre de 2014, como consta en el informe de visita recibido por la Agencia Nacional de Minería mediante Oficio número 20145510520272 del 22 de diciembre de 2014 y debidamente aprobado por el supervisor del contrato (folios 244-347).

Que de acuerdo con el informe de visita realizado, en el acápite de conclusiones y recomendaciones (folios 312-314) se establece:

  1. CONCLUSIONES

    El Consejo Comunitario Unión Bajo del rio Guelmambí, del municipio de Barbacoas en el Departamento de Nariño, cuenta con un área de 9.423 hectareas (sic) y se localiza en las márgenes del rio Guelmambi (sic).

    Geomorfológicamente, la zona de estudio está enmarcada en dos unidades: una denominada zona de terrazas, asociadas a los depósitos aluviales de los ríos Guelmambí, Yaguapí y Caindú y la planicie de inundación corresponde a la zona más altas de los ríos que drenan la zona.

    Geológicamente el sector minero está compuesto por depósitos fluvio-volcánicos como brechas volcánicas y conglomerados conformados con fragmentos rocosos andesíticos y basálticos, terrazas en las partes más altas y en las bajas, terrazas y depósitos aluviales recientes dispuestos en las planicies de inundación.

    El potencial minero para el Consejo Comunitario Unión Bajo del río Guelmambí identificado, corresponde a la totalidad del territorio colectivo, los ríos que lo drenan como el Guelmambí, Yaguapí, y Caindú, además de las quebradas afluentes de estos presentan ocurrencias de depósitos aluviales con buenos contenidos de oro.

    Los recorridos de campo que permitieron la identificación de sitios con potencial minero y de interés para la comunidad del Consejo Comunitario Union (sic) Bajo del rio Guelmambí estuvieron acompañados por el señor Santos Marino Ibargüen.

    El gremio de los Consejos Comunitarios del municipio de Barbacoas en el departamento de Nariño, viene definiendo directrices que...

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