Resolución número 0951 de 2020, por la cual se modifica el numeral 7 del artículo 7º de la Resolución 4211 de 2019 - 31 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 842643479

Resolución número 0951 de 2020, por la cual se modifica el numeral 7 del artículo 7º de la Resolución 4211 de 2019

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51273

EL DIRECTOR GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO Y TESORO NACIONAL

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 107 del Decreto 2150 de 1995, el literal (a) del artículo primero de la Resolución 2650 de 1996, los artículos primero y segundo de la Resolución 2822 de 2002, y

CONSIDERANDO

Que el parágrafo 2 del artículo 41 de la Ley 80 de 1993 establece que dentro de las operaciones de crédito público se encuentra la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública;

Que el artículo 107 del Decreto 2150 de 1995 señala que el Ministro de Hacienda y Crédito Público podrá delegar en el Director General de Crédito Público la facultad de autorizar la celebración de operaciones de crédito público, operaciones asimiladas y operaciones de manejo de deuda pública de las entidades estatales;

Que en uso de la facultad de delegación de que trata el considerando anterior, mediante Resolución 2822 de 2002, el Ministro de Hacienda y Crédito Público delegó en el Director General de Crédito Público la colocación de Títulos de Tesorería Clase B con plazo igual o mayor a un año de que tratan los artículos 4 y 6 de la Ley 51 de 1990 por medio de sistemas de oferta, remate o subastas;

Que para estos efectos, el Director General de Crédito Público podrá utilizar como intermediarios a las personas legalmente habilitadas, crear, regular y modificar programas y mecanismos de selección de las mismas que sean compatibles con las políticas de financiamiento de la Nación y, establecer las características generales y especiales de los títulos que se coloquen por medio de sistemas de oferta, remate o subastas, así como los procedimientos de colocación de los mismos, sin perjuicio de las competencias de la Junta RirSOtiva del Banco de la República;

Cue el artículo 2 de la Resolución 2822 de 2002 odtablece que "El Directot Gen eral de Reédito Público esté f9cultado para desarrollar las funciones relacionadas con los programas y mecanismos mencionados en el artículo anterior, las cuales se ejercerán mediante circulares o Resoluciones de carácter general o particular, sin perjuicio de la actividad de contratación directa que le corresponde a este despacho".;

Que mediante Resolución 4211 de 2019 se establecieron las características y se fijo el procedimiento para la colocación en el mercado primario de los "Títulos de Tesorería TES - Case B" destinado a realizar operaciones temporales de tesorería, financiar...

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