Resolución número 10001 de 2017, por medio de la cual se reglamenta la Visa Residente Especial de Paz - 22 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 699989661

Resolución número 10001 de 2017, por medio de la cual se reglamenta la Visa Residente Especial de Paz

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín50455

La Viceministro de Relaciones Exteriores encargada de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2.2.1.11.1.4 del Decreto 1067 de 2015, el numeral 17 del artículo del Decreto 869 de 2016 y el artículo 4º del Decreto-ley 831 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1465 de 2011, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Migraciones, dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores será la entidad encargada de formular y ejecutar la política migratoria del Estado colombiano.

Que mediante los artículos 2.2.1.11.1.4 del Decreto 1067 de 2015, se estableció que el Ministerio de Relaciones Exteriores, reglamentará todo lo concerniente a la clasificación de las visas, sus requisitos y los demás trámites y procedimientos relacionados con la materia.

Que el Decreto-ley 831 de 2017 creó la visa Residente Especial de Paz, la cual podrá ser otorgada a los ciudadanos extranjeros miembros de las FARC-EP, que se encuentren en los listados entregados por representantes de dicha organización y verificados por el Gobierno nacional conforme lo dispuesto en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, una vez surtido el proceso de dejación de armas y tránsito a la legalidad, y que pretendan fijar su domicilio en Colombia y establecerse en el país de manera indefinida.

Que el artículo 4º ibídem, establece que los requisitos para el trámite y otorgamiento de la visa especial de Paz, serán fijados mediante acto administrativo por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que resulta de importancia regularizar la situación migratoria de los extranjeros ex miembros de la FARC-EP que se sometan a los acuerdos, en aras de que contribuyan a la satisfacción del derecho de las víctimas en el marco del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición y demás compromisos pactados.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Del otorgamiento de la Visa Residente Especial de Paz.

El Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano -Grupo Interno de Trabajo Visas e Inmigración, podrá otorgar la visa Residente Especial de Paz-, al...

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