Resolución número 1019 de 2023, por la cual se ordena la contratación de los servicios de custodia local e internacional con cargo al rubro del Servicio de la Deuda del Presupuesto General de la Nación como servicios conexos a las operaciones de tesorería de las que trata el artículo 37 de la Ley 1955 de 2019 - 26 de Abril de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 930615185

Resolución número 1019 de 2023, por la cual se ordena la contratación de los servicios de custodia local e internacional con cargo al rubro del Servicio de la Deuda del Presupuesto General de la Nación como servicios conexos a las operaciones de tesorería de las que trata el artículo 37 de la Ley 1955 de 2019

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52377

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 110 del Decreto número 111 de 1996 modificado por el artículo 124 de la Ley 1957 de 2019, la Resolución número 1123 del 25 de mayo de 2005, y en desarrollo del parágrafo primero del artículo 37 de la Ley 1955 de 2019 y el artículo 27 de la Ley 2276 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene por objeto definir, formular y ejecutar la política económica del país, los planes generales, programas y proyectos relacionados con esta, así como la preparación de las leyes, y decretos; la regulación en materia fiscal, tributaria, aduanera, de crédito público, presupuestal, de tesorería, cooperativa, financiera, cambiaria, monetaria y crediticia, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Junta Directiva del Banco de la República y las que ejerza, a través de organismos adscritos o vinculados para el ejercicio de las actividades que correspondan a la intervención del Estado, en las actividades financieras, bursátil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos del ahorro público y el tesoro nacional, de conformidad con la Constitución Política y la ley;

Que de acuerdo con el artículo 33 del Decreto número 4712 de 2008, la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, tiene entre otras funciones las siguientes: "(...) 14). Efectuar directamente o a través de intermediarios especializados y autorizados, la colocación de los excedentes de liquidez de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y de los recursos que esta administre, teniendo en cuenta en todos los casos los criterios de seguridad y solidez y su realización en condiciones de mercado, con sujeción a los lineamientos y procedimientos que para tal efecto establezca esta Dirección. En desarrollo de lo anterior, la Dirección, podrá realizar las siguientes operaciones financieras: a) En moneda nacional: Compra y venta de títulos valores emitidos por la Nación, el Banco de la República, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras y las entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia; compras con pacto de retroventa con entidades públicas y con entidadesfinancieras sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia; constitución de depósitos remunerados y de inversiones financieras en entidades sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia; préstamos transitorios a la Nación de los recursos y de los títulos valores de los fondos que administra la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional y operaciones de cubrimiento de riesgos; b) En moneda extranjera: Compra y venta de títulos valores emitidos por la Nación, así como de títulos valores emitidos por otros Gobiernos o Tesorerías, incluidas las compras con pacto de retroventa, compra de deuda de la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público- constitución de depósitos a término y compras de títulos emitidos por entidades bancarias y financieras, préstamos transitorios a la Nación de los recursos de los fondos que administre y, con estricta sujeción a las disposiciones cambiarias, realizar operaciones de cubrimiento, tales como opciones y futuros";

Que el artículo 37 de la Ley 1955 de 2019 establece que: "ElMinisterio de Hacienda y Crédito Público a través de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional será la encargada de administrar los activos y pasivos financieros de la Nación de forma directa y los...

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