Resolución número 1057 de 2018, por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano, al hogar de la señora María Helena Barrera Arias, en cumplimiento de fallo de tutela proferido por el Tribunal Administrativo del Meta Sala Quinta Oral. - 29 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 736130009

Resolución número 1057 de 2018, por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda de interés social urbano, al hogar de la señora María Helena Barrera Arias, en cumplimiento de fallo de tutela proferido por el Tribunal Administrativo del Meta Sala Quinta Oral.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín50669

Que el fallo de primera instancia proferido por el Tribunal Administrativo del Meta Sala Quinta Oral fue impugnado por el apoderado del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), correspondiéndole resolver al Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Cuarta, que al momento de decidir sobre la Acción ocho (8) de septiembre de 2016 resolvió:

"1. Confirmar el sentido de la decisión proferida el 13 de junio del 2016, por el Tribunal Administrativo del Meta, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

2. Modificar el NUMERAL SEGUNDO de la parte resolutiva de la providencia de 13 de junio de 2016 proferida por el Tribunal Administrativo del Meta, en los siguientes términos:

"Ordenar al Fondo Nacional de Vivienda que, en el término de los 10 días siguientes a la notificación de la presente providencia, resuelva de fondo la solicitud de 14 de marzo de 2016 estableciendo la fecha en la que se le asignará el subsidio de vivienda para el proyecto denominado Urbanización La Madrid Etapas 3 y 4, ubicado en la ciudad de Villavicencio.

(...)";

Que el apoderado del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), a través de Oficio número 2018EE0032914 de fecha 3 de mayo del 2018, solicito al Tribunal Administrativo del Meta Sala Quinta Oral la modulación del fallo argumentado la imposibilidad material y jurídica para su cumplimiento;

Que el Tribunal Administrativo del Meta Sala Quinta Oral a través de auto de fecha 31 de mayo de 2018 ajustó el fallo de primera instancia de fecha 13 de junio del 2016, disponiendo lo siguiente:

"Primero. Modular la parte resolutiva del fallo de tutela, proferido por este Tribunal el 13 de junio de 2016, confirmado por el Honorable Consejo de Estado mediante fallo del 8 de septiembre de 2016.

Segundo. En consecuencia, facultar al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) para que respecto de la señora...

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