Resolución número 10792 de 2022, por la cual se adoptan medidas para la expedición de la autorización del voto (Formulario E-12) en las elecciones de presidente y vicepresidente de la República que se celebrarán del lunes 23 al domingo 29 de mayo de 2022 en el exterior - 28 de Abril de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 903137292

Resolución número 10792 de 2022, por la cual se adoptan medidas para la expedición de la autorización del voto (Formulario E-12) en las elecciones de presidente y vicepresidente de la República que se celebrarán del lunes 23 al domingo 29 de mayo de 2022 en el exterior

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín52019

El Registrador Delegado en lo Electoral, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en los numerales 10 y 11 del artículo 5º y el numeral 19 del artículo 35 del Decreto ley 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política establece, como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación;

Que, tal y como lo señala el artículo 40 de la preceptiva constitucional, todo ciudadano tiene el derecho fundamental a participar en la conformación, el ejercicio y el control del poder político;

Que el numeral 5 del artículo 95 de la Carta Política contempla, entre los deberes de la persona y del ciudadano "Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país";

Que el artículo 120 de la Constitución Política consagra que la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene a su cargo, entre otras funciones, la organización de las elecciones y su dirección;

Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 171 y 176 de la Constitución Política en concordancia con lo señalado en el artículo 116 del Decreto ley 2241 de 1986 (Código Electoral), los ciudadanos colombianos que residan en el exterior podrán sufragar para las elecciones de Senado, Cámara de Representantes por la Circunscripción Internacional y presidente de la República en las Embajadas, Consulados y demás locales que para tal efecto habilite el Gobierno;

Que el artículo 51 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011 establece: "Que los periodos de votación de los ciudadanos colombianos residentes en el exterior deberán estar abiertos durante una semana, entendiéndose que el primer día es lunes anterior a la fecha oficial de la respectiva elección en el territorio nacional. Lo anterior para facilitar el desplazamiento de ciudadanos colombianos que se pueden encontrar distantes de la sede consular";

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 76 d...

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