Resolución número 1081 de 2021, por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 669 de 2020, en el sentido de modificar la entrada en vigencia de la Resolución 448 de 2020 - 19 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 877360387

Resolución número 1081 de 2021, por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución 669 de 2020, en el sentido de modificar la entrada en vigencia de la Resolución 448 de 2020

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín51832

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 2º y el numeral 14 del artículo de la Ley 99 de 1993, artículos 1º y 2º del Decreto Ley 3570 de 2011 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1955 Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en el artículo 22, creó la licencia ambiental temporal para la formalización minera, con el fin de garantizar el adecuado manejo de los impactos generados por la actividad a partir de la implementación de medidas de prevención, control, mitigación y compensación.

Que mediante Resolución 0448 de 2020, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), requerido para el trámite de la licencia ambiental temporal para la formalización minera y, se toman otras determinaciones.

Que en el artículo 4º de la Resolución 0448 del 220 estableció que: "Régimen de transición.

...Las solicitudes de formalización de minería tradicional que no hayan presentado plan de manejo ambiental, las áreas de reserva especial declaradas y delimitadas, los subcontratos de formalización autorizados y aprobados, y las devoluciones de áreas aprobadas para la formalización, antes del 25 de mayo de 2019, tendrán un plazo de tres (3) meses para presentar el estudio de impacto ambiental y la solicitud de licencia ambiental temporal para la formalización, contado a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución."

Que, en virtud de las peticiones, inquietudes, solicitudes recibidas y dada la complejidad de las circunstancias de la emergencia sanitaria por la Covid-19, la entidad determinó la necesidad de prorrogar la entrada en vigencia del acto administrativo referido, a fin de elaborar el Estudio de Impacto Ambiental requerido para la solicitud de la Licencia Ambiental Temporal y...

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