Resolución número 1123 de 2019, por medio de la cual se modifica el artículo 2.3.1.5 del Manual de procesos de contratación de Defensoría Pública adoptado mediante Resolución 1131 de 2018 - 26 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847630365

Resolución número 1123 de 2019, por medio de la cual se modifica el artículo 2.3.1.5 del Manual de procesos de contratación de Defensoría Pública adoptado mediante Resolución 1131 de 2018

EmisorVarios - Defensoría del Pueblo
Número de Boletín51418

El Defensor del Pueblo, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales en especial las conferidas por los numerales 1 y 7 del Decreto-ley 025 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución número 1131 de 2018, la Defensoría del Pueblo adoptó el Manual que establece los procesos para la gestión contractual de Defensoría Pública.

Que el artículo 2.3.1.5 de la Resolución número 1131 de 2018, contempló el procedimiento de selección de defensores públicos en cuyo párrafo número 1 se determinó que, "la Defensoría del Pueblo establecerá un procedimiento para la Selección de los Defensores Públicos de acuerdo con el mapa judicial colombiano y con base en las necesidades y requerimientos presentados por cada una de las Defensorías del Pueblo Regionales, a la DNDP para el cubrimiento del servicio de defensoría pública".

Que, adicionalmente a lo expuesto, el artículo 2.3.1.5 de la Resolución número 1131 de

2018, dispuso las siguientes alternativas para la selección de Defensores Públicos:

1. Quienes, a la entrada en vigencia de este manual, estén prestando el servicio de defensoría pública o quienes lo hayan prestado dentro de los ciento veinte (120) días calendario anteriores a aquella, podrán ser vinculados mediante contrato de prestación de servicios.

2. En los demás casos, se recurrirá al mecanismo de invitación en el medio institucional donde se indicarán por la DNDP los criterios de escogencias, con la aplicación de una prueba de valoración psicotécnica que entre otro mida la personalidad, la competencia y el compromiso del profesional que aspira a prestar sus servicios como Defensor Público.

Que, en virtud de lo anterior, y en aras de garantizar los principios de transparencia, moralidad y selección objetiva, la Defensoría del Pueblo llevó a cabo un proceso de selección de Defensores Públicos, sobre la base del mérito como criterio de escogencia de los profesionales en derecho que ocuparían las plazas ofertadas en calidad de defensores públicos.

Que producto del referido proceso, se conformó un listado de interesados, integrado por quienes no alcanzaron a ocupar dichas plazas, sobre el que la Defensoría del Pueblo, dispuso seleccionar a dichos profesionales en estricto orden descendente de calificaciones, siempre que existiera necesidad del...

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