Resolución número 11428 de 2015, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 8222 del 26 de septiembre de 2014, 'por la cual se crea el 'Distintivo de desempeño meritorio del Grupo de Seguridad del Ministerio de Defensa Nacional', y se reglamenta su otorgamiento y uso' - 18 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 590431498

Resolución número 11428 de 2015, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 8222 del 26 de septiembre de 2014, 'por la cual se crea el 'Distintivo de desempeño meritorio del Grupo de Seguridad del Ministerio de Defensa Nacional', y se reglamenta su otorgamiento y uso'

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49730

El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades legales en especial la que le confiere el artículo 151 del Decreto-ley 1790 de 2000, artículo 93 del Decreto-ley 1791 de 2000, artículo 56 del Decreto-ley 1792 de 2000, artículo 36 del Decreto-ley 1793 de 2000, artículos 39 y 51 de la Ley 836 de 2003,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar parcialmente el artículo 1º de la Resolución número 8222 del 26 de septiembre de 2014, el cual quedará así:

Artículo 1º. Crear el "Distintivo de desempeño meritorio del Grupo de Seguridad del Ministerio de Defensa Nacional", con el propósito de exaltar el desempeño profesional de los Oficiales, Suboficiales, mando del nivel ejecutivo, patrulleros, soldados profesionales y civiles del Ministerio de Defensa Nacional que participen directamente en el planeamiento, conducción y/o apoyo a las actividades de seguridad.

Artículo 2º Modificar parcialmente el artículo 5º de la Resolución número 8222 del 26 de septiembre de 2014, el cual quedará así:

Artículo 5º. Requisitos generales. Serán requisitos generales para el otorgamiento del "Distintivo de desempeño meritorio del Grupo de Seguridad del Ministerio de Defensa Nacional", en todas sus categorías, los siguientes:

- Tendrán derecho al otorgamiento los Oficiales, Suboficiales, mando nivel ejecutivo, Patrulleros, Soldados Profesionales, Infantes de Marina profesionales y civiles del Ministerio de Defensa Nacional.

- Ser o haber sido orgánico y/o haber prestado sus servicios en Comisión del Servicio en el Grupo de Seguridad del Ministerio de Defensa Nacional (GSMDN), certificado mediante acto administrativo y/o haber participado en el planeamiento, apoyo (logístico y de entrenamiento), conducción y/o ejecución del servicio de protección al Ministro de Defensa, su núcleo familiar y los señores Viceministros y Secretarios Generales, mitigando el riesgo de atentados contra su integridad.

- Haber sido postulado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR