Resolución número 1200 de 2021, por la cual se modifica la resolución número 0342 del 30 de abril de 2020 y se toman otras determinaciones - 20 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 877558967

Resolución número 1200 de 2021, por la cual se modifica la resolución número 0342 del 30 de abril de 2020 y se toman otras determinaciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales
Número de Boletín51833

La Directora General del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 291 de 2004, artículo 5º, y el artículo 2.2.8.10.1.5 del Decreto 1076 de 2015, el Decreto 1708 del 4 de septiembre de 2018, la Resolución número 0268 del 6 de marzo de 2015 del Ideam, y

CONSIDERANDO:

Que el Ideam emitió la Resolución 0342 de 2020 Por medio de la cual se suspenden de manera transitoria los términos para la presentación de la prueba de evaluación de desempeño / ensayos de aptitud de los laboratorios ambientales acreditados por el Ideam.

Que el Consejo de Estado medrante radrcado Número: 11001-03-15-000-2020-0196300, procede a través de la Sala Especial de Decisión número 25 a decidir el medio de control inmediato de legalidad de la resolución 342 de 30 de abril de 2020 emitida por el Ideam.

Que mediante notificación procesal número 93481 del 15 de diciembre de 2020, el Consejo de Estado dispuso declarar que la resolución 342 de 2020 de abril de 2020 del Ideam, se encuentra ajustada a las disposiciones constitucionales y legales que le sirven de fundamento de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte emotiva de la presente sentencia.

Que en la parte motiva de la sentencia emitida por el Consejo de Estado se estableció que:

"Sin embargo, la ampliación de dicho término hasta por sesenta (60) días hábiles para la entrega del informe sobre el resultado de la evaluación de desempeño contraviene lo indicado por el artículo 8 del Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020 respecto de la ampliación de plazos en distinto tipo de actuaciones administrativas, entre ellas las de certificación (comprensivas de la acreditación de organismos de evaluación en este caso), es decir, un mes contado a partir de la superación de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, razón por la cual, la lectura del término contenido en el artículo 2 de la Resolución 342 del 30 de abril de 2020 debe limitarse el plazo máximo prescrito en el artículo 8º del Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020 ".

Que mediante Resolución 1315 del 27 de agosto de 2021, se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2021 la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional declarada mediante la Resolución 385 de 2020 y prorrogada a su vez por las Resoluciones números 844, 1462 y 2230 de 2020, y 222 y 738 de 2021.

Que el parágrafo del artículo 29 de la Resolución 0268 de 2015 emitida por el Ideam "por medio de la cual se modificó la Resolución número 0176 de 2003 y 1754 de 2008, y se establecieron los requisitos y el procedimiento de acreditación de organismos de evaluación de la conformidad en matrices ambientales, bajo la norma NTC-ISO/EC 17025" establece que:

(...) Parágrafo. Los OEC podrán presentar la prueba de evaluación de desempeño con cualquier organismo acreditado en la norma ISO/IEC17043 anualmente, la cual deberá ser probada con un puntaje satisfactorio. Si el OEC...

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