Resolución número 12077 de 2021, por la cual se adoptan medidas para la expedición de la "Autorización del Voto" (Formulario E-12), para las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud que se realizarán el 5 de diciembre de 2021. - 22 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 877631155

Resolución número 12077 de 2021, por la cual se adoptan medidas para la expedición de la "Autorización del Voto" (Formulario E-12), para las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud que se realizarán el 5 de diciembre de 2021.

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín51835

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y, en especial de las que le confieren el artículo 266 de la Constitución Política, el numeral 2 del artículo 26 del Decreto ley 2241 de 1986 (Código Electoral), el artículo 25 del Decreto ley 1010 de 2000 y parágrafo del artículo 5º de la Ley Estatutaria 1885 de

2018, y


CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que tal y como lo señala el artículo 40 de la preceptiva constitucional, todo ciudadano tiene el derecho fundamental a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.

Que el numeral 5 del artículo 95 de la Constitución Política contempla, dentro de los deberes de la persona y del ciudadano el de "Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país".

Que el artículo 120 de la Constitución Política consagra que la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene a su cargo, entre otras funciones, la organización de las elecciones y su dirección.

Que de conformidad con lo preceptuado por el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política, es función del Registrador Nacional del Estado Civil dirigir y organizar el proceso electoral.

Que el numeral 2 del artículo 26 del Decreto ley 2241 de 1986 (Código Electoral), contempla como función del Registrador Nacional del Estado Civil " Organizar y vigilar el proceso electoral".

Que el numeral 1 del artículo 25 del Decreto ley 1010 de 2000 establece que el Registrador Nacional del Estado Civil ejerce, la función de fijar políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la organización y vigilancia electoral.

Que la Ley Estatutaria 1885 de 2018 modificó la Ley 1622 de 2013 por medio de la cual se expidió el Estatuto de Ciudadanía Juvenil.

Que conforme con...

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