Resolución número 1208 de 2023, por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie mediante selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto 'Faros del Catatumbo' del municipio de Tibú en el departamento de Norte de Santander, y se modifica parcialmente la Resolución número 0384 de 16 de abril de 2018 - 26 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 971816629

Resolución número 1208 de 2023, por la cual se asigna un (1) Subsidio Familiar de Vivienda en Especie mediante selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II en el proyecto 'Faros del Catatumbo' del municipio de Tibú en el departamento de Norte de Santander, y se modifica parcialmente la Resolución número 0384 de 16 de abril de 2018

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín52591

La Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto número 1077 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo del Decreto número 555 de 2003, es función de la directora del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) "3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones".

Que se expidió la Ley 1537 de 2012, por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda", cuyo objeto es "señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda.

Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional se podrán asignar a Título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional.

Que el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto número 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS).

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda...

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