Resolución número 1227 de 2023, por la cual se establece la implementación de los criterios de priorización para los potenciales beneficiarios del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social 'Mi Casa Ya' conforme el Decreto 1077 de 2015 y se derogan las Resoluciones 0287 de 2023 y 0788 de 2023 - 15 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 973942357

Resolución número 1227 de 2023, por la cual se establece la implementación de los criterios de priorización para los potenciales beneficiarios del programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social 'Mi Casa Ya' conforme el Decreto 1077 de 2015 y se derogan las Resoluciones 0287 de 2023 y 0788 de 2023

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín52610

La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el numeral 1 del artículo 2 del Decreto 3571 de 2011, modificado por el artículo 1 del Decreto 1604 de 2020, yCONSIDERANDO:Que el artículo 51 de la Constitución Política de Colombia reconoce el derecho a una vivienda digna, para lo cual determina que el Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de los programas de vivienda.Que el artículo 6º de la Ley 3a de 1991, modificado por el artículo 28 de la Ley 1469 de 2011, define el subsidio familiar de vivienda como un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitar el acceso a una solución de vivienda de interés social o prioritario.Que el Gobierno Nacional implementó el programa "Mi Casa Ya" mediante Decreto 428 de 2015, modificado por el Decreto 490 de 2023, el cual está dirigido a hogares interesados en adquirir vivienda nueva, que no hayan sido beneficiarios de otro subsidio de vivienda, no sean propietarios en el territorio nacional y cuenten con una clasificación entre A1 y D20 en el Sisbén IV.Que el marco normativo del programa "Mi Casa Ya" está incorporado en la Subsección 1 de la Sección 1 del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, por medio del cual se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.Que el parágrafo 2º del artículo 2.1.1.4.1.3.1. del Decreto 1077 de 2015, establece lo siguiente:"(...) Parágrafo 2º. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio establecerá mediante acto administrativo criterios de priorización para los potenciales beneficiarios que cumplan con los requisitos establecidos en el presente artículo. Dentro de la población a priorizar deben estar incluidas las víctimas del conflicto armado interno, las mujerescabeza de familia de los estratos más pobres de la población, las trabajadoras del sector informal y las madres comunitarias".Que, en virtud de lo expuesto, se expidió la Resolución número 0287 de 2023, modificada por la Resolución número 0788 de 2023, a través de las cuales se definieron los criterios de priorización para los potenciales beneficiarios del programa de promoción de acceso a la...

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