Resolución número 1294 de 2021, por la cual se establecen los lineamientos para el desarrollo de actividades agropecuarias de bajo impacto y ambientalmente sostenibles en páramos y se adoptan otras disposiciones - 9 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879187429

Resolución número 1294 de 2021, por la cual se establecen los lineamientos para el desarrollo de actividades agropecuarias de bajo impacto y ambientalmente sostenibles en páramos y se adoptan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín51883

Los Ministros de Agricultura y Desarrollo Rural y de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las atribuidas en el artículo 10 de la Ley 1930 de 2018 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia establece en sus artículos , 58, 79 y 80 que es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación; que la propiedad tiene una función social que implica obligaciones, a la cual le es inherente una función ecológica; que es deber del Estado planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar, entre otros fines, su conservación y restauración, así como proteger la diversidad e integridad del ambiente y de manera particular el deber de conservar las áreas de especial importancia ecológica.

Que con la expedición de la Ley 99 de 1993, se organizó en nuestro país el Sistema Nacional Ambiental y en general la institucionalidad pública encargada de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, estableciendo los principios generales de la política ambiental colombiana; entre los que se encuentran los contenidos en la Declaración de río de Janeiro de junio de 1992 sobre Medio Ambiente.

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo del Decreto 3570 de 2011, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible tiene la función de diseñar y regular las políticas públicas y las condiciones generales para el saneamiento del ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural, en todos los sectores económicos y productivos.

Que de acuerdo al artículo 2º del Decreto 1985 de 2013, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural tiene como objetivos promover el desarrollo rural con enfoque territorial y el fortalecimiento de la productividad y competitividad de los productos agropecuarios, a través de acciones integrales que mejoren las condiciones de vida de los pobladores rurales, permitan el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, generen empleo y logren el crecimiento sostenido y equilibrado de las regiones y propicien la articulación de las acciones institucionales en el medio rural de manera focalizada y sistemática, bajo principios de competitividad, equidad, sostenibilidad, multisectorialidad y descentralización, para el desarrollo socioeconómico del país.

Que para el cumplimiento de dichos objetivos, en el numeral 4 del artículo 3º del mencionado Decreto se estableció como función del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, "formular, coordinar, adoptar y hacer seguimiento a la política de desarrollo rural con enfoque territorial, en lo relacionado con el ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo, capacidades productivas y generación de ingresos, y gestión de bienes públicos rurales".

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución 464 de 2017, mediante la cual se adopta los lineamientos estratégicos de política pública para la...

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