Resolución número 130-000227 de 2018, por la cual se establecen la fecha y los requisitos de la convocatoria a los aspirantes para la conformación de la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades de conformidad con el Decreto 1074 de 2015 - 10 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 708486469

Resolución número 130-000227 de 2018, por la cual se establecen la fecha y los requisitos de la convocatoria a los aspirantes para la conformación de la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades de conformidad con el Decreto 1074 de 2015

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín50560

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias,

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Superintendencia de Sociedades, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 1023 de 2012, debe conocer y dirigir los procesos concursales y de insolvencia, en ejercicio de las funciones jurisdiccionales otorgadas por la ley y lograr que se cumplan las finalidades de los mismos, así como aplicar las medidas de intervención tendientes a suspender de manera inmediata las operaciones o negocios de personas naturales o jurídicas, que a través de captaciones o recaudos no autorizados, den lugar a un abuso del derecho y fraude a la ley.

Segundo. Que el artículo 67 de la Ley 1116 de 2006, dispone que el juez del concurso es el encargado de designar los auxiliares de la justicia, los cuales deben ser escogidos de la lista elaborada por la Superintendencia de Sociedades, así como de removerlos del cargo por el acaecimiento de las causales previstas en las normas vigentes.

Tercero. Que el Decreto 4334 de 2008, establece que la Superintendencia de Sociedades está facultada para designar agentes interventores.

Cuarto. Que conforme a lo anterior, es imperativo disponer de las herramientas legales necesarias para promover la participación efectiva de personas idóneas, que reúnan los requisitos académicos, profesionales y personales para actuar como liquidadores, promotores y agentes interventores.

Quinto. Que se debe garantizar que los liquidadores, promotores y agentes interventores que sean admitidos a la lista de auxiliares de la justicia y de los agentes interventores que sean seleccionados para acceder a los mencionados cargos, cumplan con los más estrictos estándares y que se ajusten a lo dispuesto en la ley.

Sexto. Que por medio del Decreto 1074 de 2015 se reglamentaron y modernizaron algunos aspectos de los procedimientos empleados para la conformación de la lista, selección y designación de liquidadores, promotores y agentes interventores.

Séptimo. Que el artículo 2.2.2.11.2.1 del Decreto 1074 de 2015, establece las facultades de la Superintendencia de Sociedades para la conformación de la lista, de liquidadores, promotores y agentes interventores.

Octavo. Que el artículo 2.2.2.11.2.2 del Decreto 1074 de 2015, establece que la Superintendencia de Sociedades realizará una convocatoria pública para la inscripción de aspirantes a integrar la lista de auxiliares de la justicia, por lo menos una vez al año.

Noveno. Que los auxiliares de la justicia, que actualmente conforman la lista, podrán actualizar la información en el sistema mecanizado de selección de especialistas y de conformidad con el artículo 2.2.2.11.2.5.5.3 Decreto 1074 de 2015 deberán efectuar el examen periódico de conocimiento en insolvencia e intervención.

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

Disposiciones generales

Artículo 1º Estructura del proceso.

La convocatoria pública tendrá las siguientes fases:

  1. Apertura.

  2. Inscripciones.

  3. Recepción virtual de la documentación y verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en el Decreto 1074 de 2015 y de la normativa que lo reglamenta.

  4. Presentación y evaluación del examen de formación en insolvencia e intervención.

  5. Conformación de la nueva lista de auxiliares de la justicia.

Artículo 2º Destinatarios del proceso.

Todos los requisitos y procedimientos establecidos en la presente resolución serán aplicables tanto para quienes ya se encuentren inscritos en la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades, como a quienes deseen ingresar en ella.

Artículo 3º Requisitos de participación.

Para participar en la presente convocatoria se requiere:

  1. Cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 1074 de 2015 y en la normativa que lo reglamenta.

  2. Aceptar y cumplir en su totalidad las reglas establecidas en la convocatoria. Parágrafo. El trámite y cumplimiento de las disposiciones previstas en esta resolución será de responsabilidad exclusiva de cada aspirante. La inobservancia de lo aquí señalado impedirá la inclusión del aspirante en la nueva lista de auxiliares de la justicia que la Superintendencia de Sociedades expida en virtud de la presente convocatoria.

Artículo 4º Causales de exclusión del aspirante.

Son causales de exclusión del aspirante las siguientes:

  1. Aportar documentos falsos o adulterados para su inscripción.

  2. Incurrir en cualquier fraude antes, durante o después del examen de formación.

  3. Haber incurrido en faltas penales, fiscales o disciplinarias con ocasión de conductas que se encuentren relacionadas con las actividades propias de los auxiliares de la justicia y de los cargos de liquidador, promotor o agente interventor que puedan verificarse en los certificados oficiales correspondientes.

  4. En general, transgredir las disposiciones establecidas en el Decreto 1074 de 2015 y la normativa que lo reglamenta.

Parágrafo 1º. Las anteriores causales de exclusión serán aplicadas al aspirante en cualquier momento de la convocatoria, cuando se compruebe su acaecimiento, sin perjuicio de las acciones judiciales y/o administrativas a que haya lugar.

Parágrafo 2º. La Superintendencia de Sociedades podrá verificar en cualquier tiempo los distintos documentos aportados durante la presente convocatoria.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 8

Apertura e inscripciones

Artículo 5º Fecha de la convocatoria pública.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 1116 de 2006, en concordancia con el artículo 2.2.2.11.2.2. del Decreto 1074 de 2015, la Superintendencia de Sociedades abre la convocatoria pública para la inscripción correspondiente a la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por esta entidad. El término de la convocatoria se iniciará el día miércoles 27 de junio de 2018 y expirará el día jueves 27 de septiembre del mismo año.

Artículo 6º Inscripción de aspirantes.

El aspirante deberá solicitar su inscripción en ella, para lo cual diligenciará en su totalidad y remitirá el formulario electrónico de inscripción a partir del miércoles 27 de junio de 2018. La información relativa al diligenciamiento del mencionado formulario estará disponible en la página web de la Superintendencia de Sociedades.

Artículo 7º Actualización de información de los auxiliares de la justicia inscritos en la lista vigente.

De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.2.11.2.1 del Decreto 1074 de 2015, quienes estén inscritos en la lista de auxiliares de la justicia vigente podrán, si lo estiman pertinente, presentar los documentos que acrediten requisitos adicionales a los ya registrados ante esta Superintendencia, con el propósito de solicitar la modificación de la categoría en la cual se encuentra inscrito o a un cargo adicional en la lista de auxiliares de la justicia. Para el efecto, dispondrán de un término de un mes, que se contará a partir del día miércoles 27 de junio de 2018 y hasta el día lunes 30 de julio del mismo año.

Esta actualización de información solo podrá...

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