Resolución número 1301 de 2021, Por la cual se establece la distribución de los cupos de recursos del presupuesto nacional de Fonvivienda para el Programa 'Vivienda Social para el Campo' en aplicación de la Resolución 0624 de 2020 modificada por la Resolución 0012 de 2021 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - 1 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 868941014

Resolución número 1301 de 2021, Por la cual se establece la distribución de los cupos de recursos del presupuesto nacional de Fonvivienda para el Programa 'Vivienda Social para el Campo' en aplicación de la Resolución 0624 de 2020 modificada por la Resolución 0012 de 2021 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín51692

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º y 9º del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 2.1.10.1.1.2.1 del Decreto 1341 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política de Colombia dispone que, son fines esenciales del Estado, entre otros, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución y que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Que el artículo 51 ídem señala que todos los colombianos tienen derecho a una vivienda digna y que el Estado fijará las condiciones para hacer efectivo este derecho.

Que de conformidad con los numerales 2 y 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones y asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional.

Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022: "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", dispuso que el Gobierno Nacional diseñará un plan para la efectiva implementación de una política de vivienda rural a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio desde el año 2020, siendo esta entidad la encargada de coordinar y liderar la ejecución de los proyectos de vivienda y mejoramiento de vivienda encaminados a la disminución del déficit habitacional rural; mientras que el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural, en los términos del artículo 6º de la Ley 1537 de 2012.

Que en desarrollo de la Ley 1955 de 2019, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1341 de 2020, "Por el cual se adiciona el Título 10 a la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015 en relación con la Política Pública de Vivienda Rural", con el cual se definió la política pública de vivienda rural, así como las condiciones de asignación del subsidio familiar de vivienda rural.

Que en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, se determinó que para el desarrollo y ejecución de la política pública de vivienda rural se podrán administrar recursos del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en todas sus modalidades, a través de la celebración de uno o varios contratos de fiducia mercantil y la consecuente constitución de uno o...

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