Resolución número 131 de 2014, por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional, STR. - 6 de Noviembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 543066754

Resolución número 131 de 2014, por la cual se actualiza el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4 operados por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. en el Sistema de Transmisión Regional, STR.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín49327

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994.

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo previsto en el artículo 23, literal d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 097 de 2008 modificada por las Resoluciones CREG 133, 135 y 166 de 2008, la Comisión aprobó los principios generales y la metodología para el establecimiento de los Cargos por Uso de los Sistemas de Transmisión Regional, STR, y de Distribución Local, SDL.

10 Artículos 365 a 370.

11 Ley 142 de 1994, artículos 1º a 12.

12 Corte Constitucional, Sentencia C-075 de 2006.

13 Corte Constitucional, Sentencia C-1120 de 2005, M. P. Jaime Araújo Rentería. "La función de regulación de las actividades económicas por parte de las autoridades del Estado es una modalidad de la potestad de intervención del mismo en ellas, cuyo propósito general es lograr la efectividad de los fines sociales de aquel y corregir los defectos o imperfecciones del mercado. Sobre este tema, la Corte Constitucional ha expresado:

'Los órganos de regulación han de ejercer sus competencias con miras a alcanzar los fines que justifican su existencia en un mercado inscrito dentro de un Estado social y democrático de derecho. Estos fines se pueden agrupar en dos clases, a pesar de su variedad y especificidad. La primera clase comprende los fines sociales que el mercado por sí mismo no alcanzará, según las prioridades de orden político definidas por el legislador y de conformidad con el rango temporal que éste se ha trazado para alcanzarlos. La segunda clase abarca los fines económicos atinentes a procurar que el mercado funcione adecuadamente en beneficio de todos, no de quienes dentro de él ocupan una posición especial de poder, en razón a su predominio económico o tecnológico o en razón a su acceso especial al proceso de toma de decisiones públicas tanto en el órgano legislativo como en los órganos administrativos clásicos.

La regulación, en tanto que mecanismo de intervención del Estado, busca garantizar la efectividad de los principios sociales y el adecuado funcionamiento del mercado".

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, expidió la Resolución CREG 105 de 2009, por la cual se fijan y aprueban el Costo Anual por el uso de los Activos del Nivel de Tensión 4, los cargos...

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