Resolución número 1323 de 2023, por la cual se finaliza el periodo de empalme y se hace entrega del servicio público catastral al Gestor Catastral municipio de Montería, Córdoba, para la gestión catastral en esa localidad - 3 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 953572365

Resolución número 1323 de 2023, por la cual se finaliza el periodo de empalme y se hace entrega del servicio público catastral al Gestor Catastral municipio de Montería, Córdoba, para la gestión catastral en esa localidad

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín52568

El Director de Regulación y Habilitación del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), en uso de sus facultades legales, en particular las conferidas en el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, el Decreto número 1170 de 2015, y el numeral 5 del artículo 9º de la Resolución número 1250 del 2022 del IGAC, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución número 853 del 27 de junio de 2023 el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) habilitó como gestor catastral al Municipio de Montería, Córdoba, luego de verificar el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en los Decretos números 1983 de 2019 y 1608 de 2022.

Que a través de la Resolución número 1265 del 29 de septiembre de 2023, el IGAC suspendió los términos en todos los trámites, actuaciones y procedimientos catastrales del Municipio de Montería, Córdoba, entre las cero horas (00:00 horas) del 3 de octubre de 2023 y hasta las veinticuatro horas (24:00 horas) del 17 de octubre de 2023; por lo cual, a partir del 18 de octubre de 2023, el gestor catastral habilitado asumirá la prestación del servicio público catastral sobre su jurisdicción.

Que en cumplimiento al literal f) del artículo 13 de la Resolución número 789 de 2020, se llevó a cabo la finalización del periodo de empalme, por lo que se suscribió el acta correspondiente, la cual fue firmada por las partes el 17 de octubre del año en curso, donde se evidencia el cumplimiento de las actividades que fueron concertadas de común acuerdo en el inicio del periodo de empalme.

Que, a su vez, el artículo 14 de la Resolución IGAC número 789 de 2020 señala que al día siguiente de la finalización del mencionado periodo de empalme se expedirá el acto administrativo de entrega del servicio público catastral, el cual será objeto de publicación y cuya copia será remitida a la Superintendencia de Notariado y Registro.

Que una vez culminados todos los procedimientos y etapas establecidas legalmente para el inicio de la labor como gestor catastral, se procede a hacer entrega del servicio público catastral al gestor catastral municipio de Montería, Córdoba.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Finalización del período de empalme.

Dar por terminado el periodo de empalme, el 17 de...

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