Resolución número 14067 de 2022, por la cual se fijan los términos para la entrega de los documentos electorales con ocasión de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) que se realizarán el domingo 29 de mayo de 2022, en el departamento del Magdalena - 26 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 906046494

Resolución número 14067 de 2022, por la cual se fijan los términos para la entrega de los documentos electorales con ocasión de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) que se realizarán el domingo 29 de mayo de 2022, en el departamento del Magdalena

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín52046

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 120 y 266 de la Constitución Política, el numeral 12 del artículo 26 del Decreto ley 2241 de 1986 (Código Electoral), los artículos 5º y 36 del Decreto ley 1010 de 2000, el artículo 42 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 12 del artículo 26 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral), corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil, dictar y hacer conocer las resoluciones que fijen los términos para la entrega de pliegos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales al respectivo Registrador del Estado Civil.

Que el numeral 11 del artículo 5º del Decreto ley 1010 de 2000, establece como función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que el numeral 13 del artículo 36 del Decreto ley 1010 de 2000, dispone que le corresponde a la Dirección de Gestión Electoral, elaborar las resoluciones que fijen los términos para la entrega de documentos electorales.

Que el inciso segundo del artículo 144 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral), establece que los documentos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales, deben ser conducidos por los delegados del Registrador del Estado Civil y entregados a los claveros respectivos dentro de los términos que se señalen en la presente resolución.

Que el inciso segundo del artículo 42 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, faculta al Registrador Nacional del Estado Civil, para fijar los términos de entrega de los documentos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía o sectores rurales a los claveros del municipio respectivo.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 350 del 1º de marzo de 2022, adoptó el protocolo general de bioseguridad para el desarrollo de las actividades económicas sociales, culturales y del Estado.

Que mediante la Resolución número 4371 del 18 de mayo de 2021, modificada parcialmente por la Resolución número 10497 del 27 de abril de 2022, se fijó el calendario electoral para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) para el periodo constitucional 2022-2026, a...

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