Resolución número 1433 de 2022, por medio de la cual se Ordena Inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la Modificación de la Declaración Política del Partido Cambio Radical, frente al Gobierno del Municipio de Barrancabermeja - departament ode Santander - 4 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 898522159

Resolución número 1433 de 2022, por medio de la cual se Ordena Inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, la Modificación de la Declaración Política del Partido Cambio Radical, frente al Gobierno del Municipio de Barrancabermeja - departament ode Santander

EmisorVarios - Consejo Nacional Electoral
Número de Boletín51966

El Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 265 de la Constitución Política modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, en concordancia con la Ley 1909 de 2018.

CONSIDERANDO:

A través de la Resolución número 1069 de 2020, el Consejo Nacional Electoral ordenó inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, las declaraciones emitidas por el Partido Cambio Radical, frente a algunos gobiernos locales, entre los cuales se encuentra la declaración política de independencia en relación con el Gobierno del Municipio de Barrancabermeja - Santander.

El artículo sexto de la Ley 1909 de 2018 estableció que "Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de Gobierno" .

A través de correo electrónico del dos (2) de febrero de 2022, el doctor Germán Córdoba Ordóñez, en calidad de Director Nacional del Partido Cambio Radical, envió solicitud de modificación de la declaración política inscrita en relación con el Gobierno Municipal de Barrancabermeja - Santander, en el siguiente sentido:

Por lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9º del Estatuto de la Oposición, le corresponde al Consejo Nacional Electoral pronunciarse sobre la inscripción en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas, de las declaraciones políticas que emitan las organizaciones políticas frente a los gobiernos departamentales, distritales y municipales, según corresponda, previa verificación de los requisitos formales, referidos al cumplimiento de lo previsto en los estatutos de cada partido o movimiento político con personería jurídica, en relación con la autoridad competente, el procedimiento para efectuar tal declaración política, y a la oportunidad conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.

Que, una vez realizada la verificación de los requisitos formales, y al no encontrarse acorde con el procedimiento estatutariamente establecido por el partido político en referencia para tales fines, mediante oficio CNE-S-2022-000397-DVIE-700 de fecha 3 de febrero de 2022, la Asesoría de Inspección y Vigilancia solicitó al Señor...

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