Resolución número 14746 de 2022, por la cual se da continuidad a la Resolución 4371 del 18 de mayo de 2021 y se establece el calendario electoral para las elecciones de Segunda Vuelta de Presidente y Vicepresidente de la República, periodo constitucional 2022-2026 - 16 de Junio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 907079255

Resolución número 14746 de 2022, por la cual se da continuidad a la Resolución 4371 del 18 de mayo de 2021 y se establece el calendario electoral para las elecciones de Segunda Vuelta de Presidente y Vicepresidente de la República, periodo constitucional 2022-2026

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín52067

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política, el numeral 2 del artículo 26 del Decreto ley 2241 de 1986 (Código Electoral) y el numeral 11 del artículo 5º del Decreto ley 1010 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.

Que el artículo 190 de la Constitución Política establece que, si ningún candidato obtiene la mitad más uno de los votos que, de manera secreta y directa, depositen los ciudadanos, se celebrará una segunda vuelta, que tendrá lugar tres semanas más tarde, fecha que para el periodo constitucional 2022-2026, corresponde al diecinueve (19) de junio de 2022.

Que el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar las elecciones.

Que el numeral 2º del artículo 26 del Decreto ley 2241 de 1986 (Código "Electoral), dispone que es función del Registrador Nacional del Estado Civil organizar el proceso electoral.

Que el numeral 11 del artículo 5º del Decreto ley 1010 de 2000 prescribe que a la Registraduría Nacional del Estado Civil le corresponde dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución número 2979 del 2 de junio de 2022, declaró los resultados de las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República, periodo 2022-2026, celebradas el 29 de mayo de 2022.

Que la segunda vuelta para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República es la continuidad de la primera en cuanto a las actividades que contiene el calendario electoral.

Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Establecer el calendario electoral que contiene las...

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