Resolución número 1482 del 23 de agosto de 2023 - Normativa - VLEX 945464125

Resolución número 1482 del 23 de agosto de 2023

Número de resoluciónPersonería Jurídica Extendida
Fecha23 Agosto 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO 1482 DE 2023
(agosto 23 de 2023)
Por la cual se extienden los efectos jurídicos de la personería jurídica especial de la entidad
religiosa CONCILIO DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS DE COLOMBIA a favor de la IGLESIA
CRISTIANA PUERTA DEL CIELO DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS DE COLOMBIA
LA DIRECTORA DE ASUNTOS RELIGIOSOS DEL
MINISTERIO DEL INTERIOR
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley Estatutaria
133 de 1994 y los Capítulos 1 y 2, del Título 2, Parte 4, Libro 2 del Decreto Único
Reglamentario del Sector Administrativo del Interior 1066 de 2015, en concordancia con el
Decreto Ley 2893 de 2011, subrogado por el Decreto 1140 del 4 de julio de 2018, la
Resolución 1156 del 26 de julio de 2018, y la Resolución 1665 y
1673 del 24 de octubre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el señor JORGE HUMBERTO FAJARDO BARBOSA, identificado con cédula de
ciudadanía número No. 19.444.293, obrando en su condición de representante legal de la
entidad religiosa CONCILIO DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS DE COLOMBIA, con
personería jurídica especial otorgada con Resolución No. 932 del 2 de octubre de 1995,
domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C., solicitó bajo el radicado número ID: 149102 del 15
de junio del 2023, la extensión de los efectos jurídicos de la personería jurídica especial de
la entidad que representa.
Que la extensión de los efectos jurídicos de la personería jurídica especial de la entidad
religiosa CONCILIO DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS DE COLOMBIA, se solicita a favor de
la IGLESIA CRISTIANA PUERTA DEL CIELO DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS DE
COLOMBIA, domiciliada Bogotá D.C., en calidad de afiliada, cuyo representante legal,
según los documentos aportados es el señor ALEX MIGUEL GOMEZ COLORADO,
identificado con cédula de ciudadanía número 79.936.683 de Bogotá.
Que dentro de la documentación aportada se encuentran: la certificación expedida por el
ente con personería jurídica especial que indica el objeto religioso exclusivo de la entidad
afiliada y el cumplimiento de los requisitos contenidos en los artículos 2.4.2.2.1, 2.4.2.2.2 y
2.4.2.2.3 del Decreto 1066 de 2015; el acta de constitución en la cual manifiestan acogerse
a los estatutos y el reglamento interno de la entidad que extiende los efectos, el nombre de
la entidad afiliada, de su representante y de los dignatarios con los respectivos datos de
identificación, y la autorización para que la entidad religiosa con personería jurídica especial
realice el trámite de solicitud.
Que, revisada la documentación aportada, resulta procedente dar aplicación a lo
consagrado en el 2.4.2.3.1 del Decreto 1066 de 2015, extendiendo los efectos jurídicos de
la personería jurídica especial de la entidad religiosa CONCILIO DE LAS ASAMBLEAS DE
DIOS DE COLOMBIA a favor de la IGLESIA CRISTIANA PUERTA DEL CIELO DE LAS
ASAMBLEAS DE DIOS DE COLOMBIA.
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1535 de 2015, que modificó el artículo
2.4.2.1.15 del Decreto 1066 de 2015, y una vez habilitado el sistema electrónico para la
expedición de los certificados de existencia y representación legal de las entidades
religiosas, en línea y en forma gratuita, el día 25 de agosto de 2015; los mismos deberán
ser solicitados y tramitados por ese medio, ingresando a la página web de este Ministerio:
www.mininterior.gov.co o asuntosreligiosos.mininterior.gov.co.

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