Resolución número 1484 de 2021, por la cual se autoriza a Ecopetrol S.A. para gestionar la emisión y colocación de títulos de deuda pública externa en los mercados internacionales de capitales, hasta por la suma de mil cuatrocientos millones de dólares (USD 1.400.000.000) de los Estados Unidos de América - 30 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 870825806

Resolución número 1484 de 2021, por la cual se autoriza a Ecopetrol S.A. para gestionar la emisión y colocación de títulos de deuda pública externa en los mercados internacionales de capitales, hasta por la suma de mil cuatrocientos millones de dólares (USD 1.400.000.000) de los Estados Unidos de América

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51721

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el literal (a) del artículo 2.2.1.3.3 del Decreto 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público bajo el No. 1-2021-010339 del 9 de febrero de 2021, Ecopetrol S.A. solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la autorización para iniciar gestiones para la emisión y colocación de bonos de deuda pública externa en una o varias emisiones en los mercados internacionales de capitales hasta por USD 1.400 millones, cuya destinación será propósitos corporativos generales diferentes a inversión y/o financiar el Plan de inversiones de Ecopetrol;

Que el artículo 30 de la Ley 51 de 1990, modificado por el artículo 10 de la Ley 533 de 1999, establece que son títulos de deuda pública los documentos y títulos valores de contenido crediticio y con plazo para su redención que emitan las entidades estatales, así como aquellas entidades con participación del Estado superior al cincuenta por ciento, con independencia de su naturaleza y del orden al cual pertenezcan;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 establece que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el literal (a) del artículo 2.2.1.3.3 del Decreto 1068 de 2015 establece que la emisión y colocación de títulos de deuda pública externa de las entidades descentralizadas del orden nacional y de entidades territoriales y sus descentralizadas, requerirá autorización para iniciar gestiones, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

Que de conformidad con la Ley 1118 de 2006, Ecopetrol S.A. es una sociedad de economía mixta de carácter comercial, de orden nacional, vinculada al Ministerio de Minas y Energía y con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D. C.;

Que la Junta Directiva de Ecopetrol S.A. en sesión ordinaria del día 20 de noviembre de 2020, autorizó al representante legal o sus suplentes para adelantar todas las gestiones y trámites ante las autoridades y contrapartes correspondientes, y suscribir todos los actos y documentos necesarios para la ejecución de diferentes transacciones, entre las que se encuentra: iniciar gestiones para la suscripción y colocación de bonos de deuda pública externa en una o varias emisiones en los mercados...

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