Resolución número 149 de 2014, por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la II Convocatoria Nacional de Propuestas Artísticas y Culturales de Memoria en el Marco del Conflicto Armado 2014, en las líneas Expresiones Musicales, Narrativas de Vida y de Memoria, Intervenciones Artísticas en Espacio Público y Prácticas Museológicas; y se ordena el desembolso de los reconocimientos económicos asignados a cada jurado - 22 de Noviembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 545303626

Resolución número 149 de 2014, por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la II Convocatoria Nacional de Propuestas Artísticas y Culturales de Memoria en el Marco del Conflicto Armado 2014, en las líneas Expresiones Musicales, Narrativas de Vida y de Memoria, Intervenciones Artísticas en Espacio Público y Prácticas Museológicas; y se ordena el desembolso de los reconocimientos económicos asignados a cada jurado

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Centro de Memoria Histórica
Número de Boletín49343

El Director del Centro Nacional de Memoria Histórica, en uso de sus facultades legales, estatutarias y especialmente las consagradas en el artículo 9º del Decreto número 4803 de 2011 y artículo 8º de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 creó el Centro de Memoria Histórica, como un establecimiento público del orden nacional;

Que el artículo 143 de la Ley 1448 señala que el deber de memoria del Estado se traduce en propiciar las garantías y condiciones necesarias para la sociedad, a través de sus diferentes expresiones tales como víctimas, academia, centros de pensamiento, organizaciones sociales, organizaciones de víctimas y de derechos humanos, así como los organismos del Estado que cuenten con competencia, autonomía y recursos, puedan avanzar en ejercicios de reconstrucción de memoria como aporte a la realización del derecho a la verdad del que son titulares las víctimas y la sociedad en su conjunto;

Que los numerales 5 y 6 del artículo 145 de la Ley 1448 de 2011 señala en materia de memoria histórica las siguientes acciones:

· Promover actividades participativas y formativas sobre temas relacionados con el conflicto armado interno con enfoque diferencial.

· Realizar exhibiciones o muestras, eventos de difusión y de concientización sobre el valor de los Derechos Humanos;

Que los numerales 9, 11 y 14 del artículo 5º del Decreto número 4803 de 2011 señala como funciones del Centro Nacional de Memoria Histórica las siguientes:

· Desarrollar investigaciones, eventos, seminarios, foros, y demás formas de estudio y análisis que contribuyan a la construcción de la verdad, la reparación y la convivencia ciudadana.

· Implementar estrategias pedagógicas y comunicativas, con enfoque diferencial, para la difusión y apropiación por parte de diversos públicos, de los procesos y los resultados de su gestión, así como de las iniciativas de memoria locales y regionales descentralizadas.

· Promover y motivar, a nivel...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR